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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 249 Martes, 30 de diciembre de 2014 Pág. 53750

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 2 de diciembre de 2014, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Zas (expediente IN407A 2014/129).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Ramos Alidis, S.L.

Domicilio social: pol. ind. O Allo, parcela 14, Baio, 15150 Zas.

Denominación: LMTS, CS y CT de 630 kVA.

Situación: polígono industrial O Allo, parcela 14, Baio, Zas.

Características técnicas: LMTS de 2,5 metros, 3x240 mm2, 12/20 tipo Al-2LO, en bucle, que parte de la línea del mismo tipo, propiedad de la empresa suministradora, interrumpiéndola, con desvío al CS, sito en el edificio del abonado. Edificio sectorizado: zona de compañía (dos celdas de entrada/salida y celda de conexión al CT), zona del abonado (celda de entrada, celda de protección y celda de medida) y acceso al transformador trifásico reductor de tensión, con neutro accesible en BT, de potencia 630 kVA en baño de aceite y refrigeración natural tipo onan, de tensión primaria 20 kV y tensión secundaria 420 V en vacío y grupo de conexión DYN11.

En cumplimiento de los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE núm. 310), del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y de acuerdo con la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54), esta jefatura territorial resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de las referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.

Esta instalación está previsto que se ejecute en un plazo de un año, contado a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria.

Esta autorización se otorga sen perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 107, 110, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquer otro recurso que se considere pertinente.

A Coruña, 2 de diciembre de 2014

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña