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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 234 Viernes, 5 de diciembre de 2014 Pág. 50176

III. Otras disposiciones

Instituto Energético de Galicia

RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2014 por la que se procede a la publicación de los requerimientos de enmienda de documentación justificativa de las subvenciones concedidas al amparo de la Resolución de 23 de diciembre de 2013 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria anticipada de subvenciones de ahorro y eficiencia energética para proyectos de renovación de las instalaciones de iluminación pública exterior existentes en los municipios de Galicia (Diario Oficial de Galicia número 18, de 28 de enero de 2014).

El órgano instructor del procedimiento administrativo está comprobando la documentación justificativa de la inversión llevada a cabo por los municipios de Galicia que se acogieron a la presente convocatoria de ayudas.

Se identificaron varios expedientes que no reúnen alguno de los requisitos exigidos en esta convocatoria para la correcta justificación de la subvención, por lo que resulta procedente efectuar los oportunos requerimientos de enmienda.

El artículo 12.2 de las bases reguladoras dispone: «Tales requerimientos de enmienda serán notificados de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992; por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.6.b de dicha ley, se podrá sustituir la notificación individual por la publicación en el Diario Oficial de Galicia y a través del tablón electrónico habilitado a estos efectos en la página web del Inega (www.inega.es), donde se establecerá el contenido pormenorizado del requerimiento que se hace. Se podrá hacer indicación expresa de que los siguientes actos administrativos del procedimiento serán notificados a través del citado tablón».

En virtud de lo anterior,

RESUELVO:

Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia (DOG) de aquellas subvenciones en las que se aprecia la existencia de defectos en la justificación y deben ser objeto de enmienda, según se recoge en el anexo de esta resolución.

Segundo. Requerir a los solicitantes incluidos en dicho anexo para que, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia, enmiende a falta o aporte los documentos preceptivos conforme se les indique en la información detallada del requerimiento disponible en el tablón electrónico, al que se accederá a través de la aplicación informática habilitada para estas ayudas con usuario y contraseña del solicitante, desde la página web del Instituto Energético de Galicia (www.inega.es), en el apartado «Ayudas Ayuntamientos Iluminación Exterior 2014».

Tercero. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61.1 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, en el supuesto de falta de justificación o justificación insuficiente se producirá la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención, así como la exigencia de reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia.

Santiago de Compostela, 3 de diciembre de 2014

Ángel Bernardo Tahoces
Director del Instituto Energético de Galicia

ANEXO

Requerimiento de enmienda de la documentación justificativa

IN417P - Renovación de instalaciones de iluminación pública exterior (ILE)

Código expediente

NIF

Ayuntamientos y agrupaciones de ayuntamientos

IN417P/14A8

P2704200A

Paradela, Bóveda, Sarria, A Pobra do Brollón, Quiroga, Folgoso do Courel y Monforte de Lemos

IN417P/14A10

P3200700G

Bande, Celanova, Verea, Muíños, Ramirás, A Merca, Lobios, Lobeira y Quintela de Leirado

IN417P/14A13

P1504700D

Melide, Toques y Palas de Rei

IN417P/14A21

P1503200F

Boimorto, Curtis, Sobrado y Vilasantar

IN417P/14A23

P1508200A

Cerdido, Cedeira, Valdoviño, As Pontes de García Rodríguez y As Somozas

IN417P/14A25

P3200400D

Arnoia, Beade, Cortegada, Leiro, Cenlle

IN417P/14A31

P2704800H

A Pontenova, Mondoñedo, Alfoz, Trabada, Lourenzá, Burela, Foz, Cervo, Barreiros y Xove

IN417P/14A34

P3601200C

Cerdedo, Campo Lameiro, Cotobade, Cuntis, Moraña

IN417P/14A35

P3606000B

Catoria, Caldas de Reis, Pontecesures, Meis, Ribadumia, Sanxenxo, Poio, Meaño, Vilagarcía de Arousa

IN417P/14A36

P1500011J

Abegondo, Bergondo, Betanzos, Cambre, Carral, Culleredo, Oleiros y Sada

IN417P/14A38

P1500029B

Oza-Cesuras

IN417P/14A41

P3600900I

A Cañiza, Crecente, As Neves y Melón

IN417P/14A42

P1502400C

Cerceda, Oroso, Mesía y Tordoia

IN417P/14A44

V36459709

Lalín, Silleda, Rodeiro, Agolada y Vila de Cruces

IN417P/14A45

P3603800H

Marín, Vilaboa y Pontevedra

IN417P/14A47

P3603300I

Mos, Fornelos de Montes, Mondariz, Mondariz-Balneario, Ponteareas y Salceda de Caselas

IN417P/14A49

P1507800I

Santa Comba, Ames, A Baña, Brión, Mazaricos y Val do Dubra

IN417P/14A50

P2706400E

O Vicedo, Mañón, Ortigueira, Ourol, O Valadouro y Cariño

IN417P/14A51

P2702300A

Guntín, O Páramo, O Corgo, Triacastela, Baralla, As Nogais, Friol y Láncara

IN417P/14A52

P1506800J

A Pobra do Caramiñal, Porto do Son, Boiro, Rianxo, Padrón, Dodro y Rois

IN417P/14A56

P1508700J

Trazo, Ordes y Frades

IN417P/14A57

P1501500A

Cabanas, A Capela, Ares, Fene, Miño, Mugardos, Neda, Paderne y Pontedeume

IN417P/14A59

P3201400C

Beariz, Boboras, Piñor, Carballeda de Avia y Ribadavia

IN417P/14A61

P1503800C

Cee, Corcubion, Fisterra, Dumbría, Camariñas y Vimianzo