Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 228 Jueves, 27 de noviembre de 2014 Pág. 48876

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Xinzo de Limia

ANUNCIO de la aprobación definitiva del estudio de detalle en Rodelo-Damil.

El Pleno de la Corporación, en la sesión ordinaria que tuvo lugar el día 30 de octubre de 2014, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

«Primero. Aprobar definitivamente el estudio de detalle de modificación de alineaciones en el paraje de Rodelo, en el suelo de extensión de núcleo rural de Damil, de este municipio, elaborado en febrero de 2014 por el arquitecto Vítor Dorrío Conde Conde y con el que se pretende exclusivamente la modificación de las alineaciones establecidas en la ordenanza 13ª del PGOM de Xinzo de Limia para el suelo de extensión de núcleo rural, aprobado inicialmente por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 14.4.2014 y que desarrolla el Plan general de ordenación urbana de Xinzo de Limia, quedando extinguida la suspensión de licencias.

Segundo. Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el Diario Oficial de Galicia, y el texto de los documentos que lo integran, así como el índice de planos del estudio de detalle, en el Boletín Oficial de la provincia, a fin de que entre en vigor dicho instrumento de planeamiento.

Tercero. Notificar el presente acuerdo a los propietarios y demás interesados directamente afectados por el estudio de detalle.

Cuarto. Comunicar a la consellería competente en materia de urbanismo y ordenación del territorio la aprobación del estudio de detalle referido, a la vez que se le da traslado de una copia autenticada de dos ejemplares del mismo con todos los planos y documentos que lo integran.

Quinto. Facultar al alcalde presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos y, en general, para todo lo relacionado con este asunto.

Sexto. Notificar el presente acuerdo a los servicios técnicos municipales y al concejal de Urbanismo a efectos de su conocimiento».

Recursos. Contra el contenido del mencionado acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer de manera potestativa el recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó y en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. El recurso de reposición se entenderá desestimado si en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la interposición, el órgano competente para resolverlo no dictara y notificara resolución expresa.

Contra la resolución expresa del recurso de reposición, o bien directamente (sin recurso administrativo), podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, plazo que será de seis meses en el caso de no resolverse de manera expresa el recurso de reposición, contados a partir del día siguiente a aquel en que deba entenderse presuntamente desestimado el recurso de reposición interpuesto. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/1985, reguladora de las bases del régimen local, artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Se le advierte también que podrá utilizar cualquier otro recurso que estime pertinente, así como ejercer las acciones que procedan ante la jurisdicción competente.

Xinzo de Limia, 31 de octubre de 2014

Antonio Pérez Rodríguez
Alcalde