A los efectos de dar cumplimiento a lo solicitado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Pontevedra, en relación con el procedimiento ordinario número 92/2014, interpuesto por Manuel González Cidrás, contra la resolución dictada por la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística en el expediente de reposición de la legalidad urbanística número IU2/135/2012, por la que declaran ilegalizables las obras ejecutadas sin autorización urbanística, consistentes en construcción de una vivienda unifamiliar y dos edificaciones auxiliares para usos residenciales, en el lugar de Miñán, San Tomé de Piñeiro, ayuntamiento de Marín, esta dirección ha resuelto ordenar la remisión del correspondiente expediente al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Pontevedra.
Por lo expuesto, mediante la presente resolución se emplaza a Úrsula González Martínez para que pueda personarse como interesada en los autos en el plazo de nueve días, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 3 de noviembre de 2014
María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística