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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 223 Jueves, 20 de noviembre de 2014 Pág. 48100

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 3 de noviembre de 2014 por la que se notifica la imposición de una multa coercitiva devuelta por el servicio de Correos por resultar sus destinatarios ausentes en el reparto (expediente IU2/31/2011).

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó el 22 de septiembre de 2014, resolución por la que se impone una segunda multa coercitiva derivada del expediente de reposición de la legalidad urbanística número IU2/31/2011 a Julia Rodríguez Calviño y Bernardino Cordeiro Barreiro como consecuencia de incumplir lo ordenado en la Resolución de 7 de marzo de 2012, que ordenaba la demolición de una vivienda unifamiliar aislada, compuesta por planta semisótano, baja y bajo cubierta de 75 m2 de superficie en planta y dos edificaciones auxiliares, una de 20 m2 de superficie adosada a las lindes lateral y posterior de la finca, y otra de 4 m2 adosada a la fachada principal de la parcela, promovidas por los interesados, en el lugar A Rúa Nova, parroquia de San Xián, en el término municipal de Marín, provincia de Pontevedra.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica a los interesados dicha resolución.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el edificio Witland, 1er piso, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la notificación, ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, significándole que el recurso únicamente será admisible por motivos de infracción del ordenamiento inherentes a la imposición de esta multa coercitiva, siendo motivo de inadmisión la reiteración de las mismas razones que se esgrimieron frente a la resolución de la que este acuerdo es un mero acto de ejecución.

En caso de no ejercer su derecho a presentar recurso potestativo de reposición puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1º, regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y les sirva de notificación a los citados interesados en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 3 de noviembre de 2014

María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística