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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 220 Lunes, 17 de noviembre de 2014 Pág. 47600

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

DECRETO 145/2014, de 6 de noviembre, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras de recuperación integral del río Artes y su entorno (ayuntamiento de Ribeira).

El Ayuntamiento de Ribeira, en sesión celebrada el día treinta y uno de marzo de dos mil catorce, aprobó el proyecto de obras de recuperación integral del río Artes y su entorno (ayuntamiento de Ribeira); y en la del veintiocho de abril acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

Dicho expediente tuvo entrada en la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justica y el mismo contiene la justificación acreditativa de la motivación para la declaración de urgente ocupación.

El expediente fue tratado en la Comisión de Secretarios Generales previa a su elevación al Consello de la Xunta de Galicia.

El expediente contiene la documentación a la que se refiere el artículo primero de la Orden de 7 de diciembre de 1983, sobre declaraciones de urgente ocupación, así como la exigida en el artículo 3 de la Ley 11/1996, de 27 de diciembre, de medidas de disciplina presupuestaria.

En consecuencia, se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos precisos para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, ya que, según señalan el Ayuntamiento y el informe del técnico municipal, en el margen del río objeto de las actuaciones proyectadas, en las zonas de servidumbre de protección y policía, existe una red de caminos de trazado aleatorio cuyo uso abusivo está produciendo una grave afectación sobre determinados hábitats y especies de fauna de especial importancia en materia de conservación. Además, algunas de las fincas destinadas a cultivo están labradas hasta el propio río, sin respetar la zona de servidumbre, lo que supone una afectación directa sobre las especies animales y vegetales que habitan en esa franja e indirecta sobre la calidad de las aguas.

Con el proyecto de recuperación se pretende proteger el río y su entorno creando una senda paralela al cauce del río para delimitar la línea de circulación de las personas y minimizando así las afectaciones sobre los hábitats de interés comunitario y prioritarios existentes.

Además, las obras deberían realizarse antes del invierno, ya que durante esta estación es frecuente la inundación de algunos tramos del río, y fuera del periodo de crecimiento vegetativo y de cría de especies animales.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación le corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2º y 28.2º del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud, a propuesta del vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día seis de noviembre de dos mil catorce,

DISPONGO:

Artículo único

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras de recuperación integral del río Artes y su entorno (ayuntamiento de Ribeira), teniendo en cuenta el certificado emitido por la secretaria municipal de veintinueve de octubre de dos mil catorce, debiendo, en su caso, una vez ocupados los terrenos necesarios, obtener las autorizaciones que fueran necesarias de los organismos competentes, con carácter previo al inicio de las obras.

Santiago de Compostela, seis de noviembre de dos mil catorce

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia