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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 209 Viernes, 31 de octubre de 2014 Pág. 46070

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (2629/2014).

Yo, M. Socorro Bazarra Varela, secretaria judicial de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso de suplicación 2629/2014 de esta sección, seguido a instancia de María José Ferro Adrán contra el Fogasa y la empresa Limpiezas El Polígono, S.L. sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Que, estimando el recurso de suplicación interpuesto por María José Ferro Adrán contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, en los presentes autos tramitados a su instancia contra Limpiezas El Polígono, S.L., y con parcial revocación de la misma, condenamos a la empresa al pago a la actora de los salarios de tramitación desde la fecha del despido, 28 de febrero de 2013, hasta la fecha de la extinción de la relación laboral, 27 de enero de 2014, a razón de 4,62 euros/día, manteniendo el resto de los pronunciamientos del fallo de la sentencia de instancia.

Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al libro de sentencias de este Tribunal Superior de Justicia, Sala de lo Social.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37 seguida de cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo «Observaciones o concepto de la transferencia» los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 35 **** ++).

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que así conste a efectos de publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Limpiezas El Polígono, S.L., con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 13 de octubre de 2014

La secretaria judicial