De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que a continuación se relacionan los acuerdos de incoación por infracción de la normativa sobre transporte terrestre, porque, intentada la notificación, no se pudo efectuar. Por este motivo se iniciaron, con los números que se indican, los correspondientes expedientes sancionadores que pueden dar lugar a la imposición de las sanciones que también se citan.
Se les informa de que tienen derecho a alegar por escrito, ante el Servicio de Movilidad, lo que consideren conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que consideren oportunas en el plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de esta cédula.
En el supuesto de que decida voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta días contados desde el siguiente a la publicación de la presente cédula, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte del interesado y la terminación del procedimiento.
Para que conste y sirva de notificación a los interesados, firmo y sello esta cédula.
Pontevedra, 9 de septiembre de 2014
José Jorge Martínez Fernández
Jefe del Servicio de Movilidad de Pontevedra
ANEXO
Expediente Matrícula Denunciante |
Denunciado DNI/CIF Última dirección conocida |
Infracción denunciada Fecha; hora, carretera; p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción propuesta |
PO-01025-O-2014 2813-DBC Guardia Civil 3602 I43469X |
Framesa Ttes. y Excavaciones, S.L. B15895337 Lg. A Costa-parroquia de Sta. Cruz de Montaos s/n 15680 Ordes, A Coruña |
La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando. |
Art. 140.35 LOTT |
Art. 143.1.g) LOTT |
1.001 euros |
PO-01481-O-2014 C-1573-J Guardia Civil 3601 Q92637T |
Hierros y Metales Carballeda, S.L. B36350395 Gorgullón 28 36003 Pontevedra |
Realizar transporte privado complementario de mercancías sin llevar a bordo del vehículo el original de la copia certificada (autorización de transporte). |
Art. 142.8 LOTT |
Art. 143.1.b) LOTT |
201 euros |
PO-01803-O-2014 6908-CSV Guardia Civil 3601 Q92637T |
Santiago Fernández Pájaro 77404426L Avda. Médico Ballina 49-2 C, Lérez 36156 Pontevedra |
Realizar transporte público de mercancías careciendo de título habilitante. |
Art. 140.1 LOTT |
Art. 143.1.i) LOTT |
4.001 euros |
PO-01900-O-2014 ZA-8459-K Guardia Civil 3601 R90807G |
Expansión Servicios Publicidad Exterior, S.L. B49131782 Ctr. Estación nº 12 49009 Zamora |
La realización de transporte privado al amparo de una autorización caducada, revocada o que por cualquier otra causa hubiera perdido validez. |
Art. 141.14 LOTT |
Art. 143.1.e) LOTT |
601 euros |
PO-01901-O-2014 ZA-8459-K Guardia Civil 3601 R90807G |
Expansión Servicios Publicidad Exterior, S.L. B49131782 Ctr. Estación nº 12 49009 Zamora |
Realizar transporte privado de mercancías utilizando un conductor que carece del CAP. |
Art. 140.18 LOTT |
Art. 143.1.h) LOTT |
2.001 euros |
PO-02001-O-2014 4749-GKZ Guardia Civil 3601 Q92637T |
Pouso, CB E70317474 Calle Agro do Medio, núm. 10-4 A 15895 Ames, A Coruña |
Realizar transporte privado complementario de mercancías sin llevar a bordo del vehículo el original de la copia certificada (autorización de transporte). |
Art. 142.8 LOTT |
Art. 143.1.b) LOTT |
201 euros |
PO-02016-O-2014 0164-DTZ Guardia Civil 3602 C14985S |
Karina Quinteiro González X6505014Q Eiras Meilán 9 12530 Burriana, Castelló |
Atenuante. Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante. |
Art. 140.1 LOTT Art. 141.25 LOTT |
Art. 143.1.k) LOTT Art. 143.1.f) LOTT |
801 euros |
PO-02044-O-2014 0459-DPS Guardia Civil 3603 V93728C |
Transportes y Mudanzas Guaje, S.L. Unipersonal B27751619 Avda. de Vigo 153, Chapela 36320 Redondela, Pontevedra |
El exceso igual o superior al 15 por ciento e inferior al 25 por ciento sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 23 %. |
Art. 141.2 LOTT |
Art. 143.1.f) LOTT |
1.000 euros |
PO-02045-O-2014 0459-DPS Guardia Civil 3603 V93728C |
Transportes y Mudanzas Guaje, S.L. Unipersonal B27751619 Avda. de Vigo 153, Chapela 36320 Redondela, Pontevedra |
La carencia, falta de datos esenciales, ocultación o falta de conservación de la documentación de control. |
Art. 141.17 LOTT |
Art. 143.1.d) LOTT |
401 euros |
PO-02051-O-2014 6881-FFP Guardia Civil 3603 U36333E |
Federación Gallega de Automovilismo Julio Rodríguez Soto 115 32500 O Carballiño, Ourense |
Realizar transporte privado de mercancías utilizando un conductor que carece del CAP. |
Art. 140.18 LOTT |
Art. 143.1.h) LOTT |
2.001 euros |