De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que a continuación se relacionan los acuerdos de incoación por infracción de la normativa sobre transporte terrestre, porque, intentada la notificación, no se pudo efectuar. Por este motivo se iniciaron, con los números que se indican, los correspondientes expedientes sancionadores que pueden dar lugar a la imposición de las sanciones que también se citan.
Se les informa de que tienen derecho a alegar por escrito, ante el Servicio de Movilidad lo que consideren conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que consideren oportunas en el plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de esta cédula.
En el supuesto de que decida voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta días contados desde el siguiente a la publicación de la presente cédula, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte del interesado y la terminación del procedimiento.
Para que conste y sirva de notificación a los interesados, firmo y sello esta cédula.
Ourense, 29 de septiembre de 2014
Ángel Míguez López
Jefe del Servicio de Movilidad de Ourense
ANEXO
Expediente Matrícula Denunciante |
Denunciado DNI/CIF Última dirección conocida |
Infracción denunciada Fecha-Hora-Carretera-p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción propuesta |
OU-01161-O-2014 Guardia Civil 3203 L24919Z |
Miber Minerales Roset, C.B. E59202416 Industria, 64, entresuelo 2ª 08025 Barcelona |
La carencia, falta de datos esenciales, ocultación o falta de conservación de la documentación de control. 25.4.2014; 17.50; A-52; 181 |
Art. 141.17 LOTT |
Art. 143.1.d) LOTT |
401 euros |
OU-01175-O-2014 8854-BVF Guardia Civil 3203 B38216U |
Vextra Vallmajo Excavacions i Transports, S.L. B17932575 Ordis 17744, Girona |
La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando. 5.5.2014; 19.59; OU-114; 2,4 |
Art. 140.35 LOTT |
Art. 143.1.g) LOTT |
1.001 euros |
OU-01176-O-2014 PO-9401-AN Guardia Civil 3203 V46236Y |
Espectáculos y Montajes Patrivan, S.L. B94088879 Barrio Areo, 1 36863 Ponteareas, Pontevedra |
La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando. 18.5.2014; 19.00; A-52; 160 |
Art. 140.35 LOTT |
Art. 143.1.g) LOTT |
1.001 euros |
OU-01177-O-2014 PO-9401-AN Guardia Civil 3203 V46236-Y |
Espectáculos y Montajes Patrivan, S.L. B94088879 Barrio Areo, 1 36863 Ponteareas, Pontevedra |
La carencia a bordo del vehículo de las hojas de registro de los tiempos de conducción y descanso ya utilizadas o de los documentos de impresión que resulte obligatorio llevar, con independencia del tipo de tacógrafo, analógico o digital, que se esté utilizando. 18.5.2014; 19.00; A-52; 160 |
Art. 140.35 LOTT |
Art. 143.1.g) LOTT |
1.001 euros |
OU-01201-O-2014 8797-GSX Guardia Civil 3203 V46236Y |
Logística Ourense, S.L. B32396236 Tosende, s/n 32668 Allariz, Ourense |
No llevar insertada en el tacógrafo la tarjeta de conductor o la hoja de registro de los tiempos de conducción y descanso, cuando ello resulte exigible, o hacerlo de forma incorrecta. O no haber efectuado los documentos impresos al inicio y a la finalización del viaje en los supuestos de deterioro o mal funcionamiento de la tarjeta de conductor o en caso de que esta no obre en poder suyo. 4.6.2014; 23.49; A-52; 132 |
Art. 140.22 LOTT |
Art. 143.1.h) LOTT |
2.001 euros |
OU-01290-O-2014 1980-CSS Guardia Civil 3203 V46236Y |
Transportes Urgentes Raca 2, S.L. B84670132 Pirra 28-2 B 28022 Coslada, Madrid |
La realización de transporte privado complementario de mercancías, careciendo de autorización siempre que se acredite que, en el momento de realizarlos, se cumplían todos los requisitos exigidos para su obtención y que esta se ha solicitado dentro de los quince días siguientes a la notificación del inicio del expediente. 15.5.2014; 17.30; A-52; 150 |
Art. 142.1 LOTT |
Art. 143.1.c) LOTT |
301 euros |
OU-01312-O-2014 PO-9401-AN Guardia Civil 3203 V46236Y |
Espectáculos y Montajes Patrivan, S.L. B94088879 Barrio Areo, 1 36863 Ponteareas, Pontevedra |
Realizar transporte privado complementario de mercancías sin llevar a bordo del vehículo el original de la copia certificada (autorización de transporte). 18.5.2014; 19.00; A-52; 160 |
Art. 142.8 LOTT |
Art. 143.1.b) LOTT |
201 euros |
OU-01380-O-2014 3776-FTC Guardia Civil 3201 A47914C |
Transpobedasa 2012, S.L. B94066073 Valbón, 13 36191 Barro, Pontevedra |
El exceso igual o superior al 5 por ciento e inferior al 15 por ciento sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 7 %. 17.6.2014; 8.20; A-52; 262 |
Art. 142.2 LOTT |
Art. 143.1.c) LOTT |
325 euros |
OU-01385-O-2014 3680-GZZ Guardia Civil 3201 L82181K |
Intrans Express, S.C.C.L. F65869927 Bruc, 8 08150 Parets del Vallès, Barcelona |
El exceso igual o superior al 10 por ciento e inferior al 20 por ciento sobre la MMA total en vehículos con MMA superior a 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 14 %. 18.6.2014; 11.56; A-52; 262,8 |
Art. 141.2 LOTT |
Art. 143.1.f) LOTT |
900 euros |