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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 192 Miércoles, 8 de octubre de 2014 Pág. 43571

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

RESOLUCIÓN de 23 de septiembre de 2014, de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de aprobación definitiva de la delimitación de suelo de núcleo rural tradicional de Tosende en el ayuntamiento de Baltar.

El Ayuntamiento de Baltar eleva, para su aprobación definitiva, el expediente de la delimitación de suelo de núcleo rural de Tosende, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional segunda de la LOUG, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

Analizada la documentación aportada por el Ayuntamientoo de Baltar, y vista la propuesta literal que en esta misma fecha eleva la Subdirección General de Urbanismo, resulta:

I. Antecedentes.

1. El Ayuntamiento de Baltar no cuenta con ninguna figura de planeamiento general, por lo que son de aplicación las normas complementarias y subsidiarias de la provincia (AD 3.4.1991).

2. El ayuntamiento está tramitando un Plan general de ordenación municipal, que fue aprobado inicialmente por el Pleno de 22.8.2013 (DOG de 12 de septiembre de 2013).

3. Constan los informes municipales: jurídico de 20 de junio de 2013 y técnico de 27 de junio de 2013.

4. El Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el 27 de junio de 2013, aprobó inicialmente la delimitación de suelo de núcleo rural tradicional de Tosende; y la sometió a información pública durante un mes, mediante anuncio en los diarios La Región y Faro de Vigo de 10 de julio de 2013 y en el Diario Oficial de Galicia de 5 de julio de 2013. Non se presentaron alegaciones.

5. El Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el 22 de agosto de 2013 aprobó provisionalmente la delimitación de suelo de núcleo rural tradicional de Tosende.

6. En fecha 19.9.2013 tuvo entrada en la CMATI, la documentación de la delimitación de suelo de núcleo rural tradicional de Tosende del ayuntamiento de Baltar, para su aprobación definitiva. En fechas 30.9.2013 y 3.6.2014, se solicitó al ayuntamiento documentación preceptiva.

7. En relación al patrimonio cultural, la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria emite informes de arquitectura el 9.9.2013 y 10.2.2014; y de arqueología el 17.3.2013 y 11.9.2014. En fecha 16 de abril de 2014, la Dirección General de Patrimonio Cultural emitió informe favorable.

8. Consta informe favorable del expediente del Servicio de Vías y Obras de la Diputación Provincial de Ourense de 10 de julio de 2014.

II. Análisis y consideraciones.

El ámbito de la actuación abarca la zona de suelo rústico del asentamiento tradicional de Tosende, identificado administrativamente en el Decreto 332/1996, de 26 de julio, por el que se aprueba el nomenclátor correspondiente a las entidades de población de la provincia de Ourense.

El objetivo de la delimitación del núcleo de Tosende adaptada a la LOUG consiste en la aplicación de lo establecido en el apartado 2 de la disposición adicional segunda de la LOUG.

Se propone una delimitación del asentamiento poblacional de Tosende, como núcleo rural histórico tradicional, con una superficie de 70.560 m2, conforme a lo establecido en el artículo 13 de la LOUG y en el punto 3.1.7 de las determinaciones de las directrices de ordenación del territorio, aprobadas por Decreto 19/2011, de 10 de febrero.

Se justifica que el núcleo delimitado se presenta como un pueblo compacto y bien definido, con trazas de un núcleo tradicional de edificaciones adosadas, conformando calles e callejeros propios de un casco consolidado situado en la zona del Couto Mixto.

El asentamiento histórico tradicional está constituido por 277 edificaciones de las cuales 198 son tradicionales, acreditándose el cumplimiento de la consolidación edificatoria exigido.

El documento fija las condiciones de uso y de edificación en los terrenos delimitados; define el trazado viario, asumiendo en algunas partes las alineaciones existentes; e identifica diez elementos de valor cultural (entre los que se encuentran la iglesia parroquial de San Lourenzo y su cementerio, un crucero, tres fuentes, la rectoral, un horno, una vivienda tradicional y una zona calificada como «barrio tradicional» que se define por un conjunto de viviendas pegadas, con escaleras y patios tradicionales), siete equipamientos existentes (tres fuentes, una con lavadero, la iglesia, la rectoral, un horno y un local social).

De acuerdo con el punto 2 de la disposición adicional segunda de la LOUG, y con el artículo 12.1.b) del Decreto 316/2009, de 4 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, la competencia para resolver sobre la aprobación definitiva de los expedientes de delimitación de suelo de núcleos rurales le corresponde a la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

III. Resolución.

Visto cuanto antecede,

RESUELVO:

Primero. Aprobar el proyecto de delimitación de suelo de núcleo rural tradicional de Tosende, del ayuntamiento de Baltar.

Segundo. Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la CMATI, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente (artículos 48, 58, 114 y 115 da Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero). Si el interesado es una Administración pública non cabrá interponer recurso en vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación, sin perjuicio de la formulación, en su caso, del requerimiento previo en igual plazo (artículos 44 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio de la jurisdicción contencioso-administrativa).

Terceiro. Notifíquese al ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 23 de septiembre de 2014

Mª Encarnación Rivas Díaz
Secretaria general de Ordenación del Territorio y Urbanismo