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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 189 Viernes, 3 de octubre de 2014 Pág. 43177

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 25 de septiembre de 2014 por la que se convoca un curso de formación sobre la función consultiva: El Consejo Consultivo de Galicia, para el personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia y de las universidades gallegas.

Dentro de las actividades programadas para el año 2014, de acuerdo con el Convenio de colaboración suscrito entre la Escuela Gallega de Administración Pública (en adelante EGAP) y el Consejo Consultivo de Galicia para el desarrollo de actividades de formación, divulgación e investigación, se convoca un curso de formación sobre la función de control de la Administración consultiva: El Consejo Consultivo de Galicia, que deberá desarrollarse de acuerdo con las siguientes bases:

Primera. Objetivos

El curso pretende, por una parte, constituir un canal de divulgación de la doctrina sentada por el Consejo Consultivo en las materias objeto de su competencia y, por otra, permitir la apertura de un foro de debate sobre las mismas entre todos los asistentes al curso.

Segunda. Personal al que va dirigido

Personal funcionario de los grupos A1, A2 y C1 y personal laboral de los grupos I, II y III al servicio de la Administración autonómica de la Comunidad Autónoma de Galicia y personal de administración y servicios (PAS) de las universidades gallegas, que se encuentran en situación de servicio activo, incapacidad temporal por maternidad o excedencia por el cuidado de un hijo o de un familiar y que reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria. Está exceptuado el personal docente de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria y el personal sanitario.

Toda persona solicitante que al inicio del curso esté en situación de baja laboral por incapacidad temporal quedará automáticamente excluida del listado del personal seleccionado.

Tercera. Criterios de selección

a) Los criterios selectivos que serán empleados son los señalados con carácter general en la Resolución de la Escuela Gallega de Administración Pública de 4 de enero de 2008 (Diario Oficial de Galicia de 10 de enero).

A los efectos de lo previsto en la citada resolución, el baremo que se empleará para la selección se establece sobre una base de 100 puntos, de los que el 60 % estará vinculado al número de horas de formación recibidas en los dos últimos años y el 40 % restante a la antigüedad en la Administración.

De haber empate, se deshará de acuerdo con el resultado del sorteo al que se refiere el artículo 9 del Reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, aprobado por el Decreto 95/1991, de 20 de marzo (DOG de 25 de marzo). Para el año 2014, según la Resolución de 10 de febrero (Diario Oficial de Galicia de 27 de febrero), se comenzará por la letra B.

b) En el caso de que no haya un suficiente número de solicitantes que cumplan los requisitos del curso, podrá completarse el número de alumnos asignado mediante la apertura de un nuevo plazo público en la página web de la EGAP.

Cuarta. Desarrollo

1. Duración: 20 horas (18 horas lectivas presenciales y 2 horas de trabajo práctico).

2. Lugar: Delegación Territorial de la Xunta de Galicia en A Coruña, calle Vicente Ferrer, nº 2.

3. Fechas: 27, 28 y 29 de octubre; 3, 4 y 5 de noviembre de 2014.

4. Horario: de 17.00 a 20.00 horas.

5. Plazas: 25.

Quinta. Contenido

Módulo I. El Consejo Consultivo de Galicia: la Ley 3/2014, de 24 de abril. El recurso extraordinario de revisión.

Módulo II. La responsabilidad patrimonial de la Administración: régimen sustantivo.

Módulo III. La responsabilidad patrimonial de la Administración: cuestiones formales y procedimentales.

Módulo IV. La revisión de oficio de los actos administrativos.

Módulo V. La contratación administrativa: resolución, modificación e interpretación de los contratos administrativos.

Módulo VI. La potestad reglamentaria y el principio de legalidad. Titularidad de la potestad reglamentaria. Procedimiento de elaboración de las disposiciones administrativas de carácter general.

Módulo VII. Elaboración de un supuesto práctico.

Sexta. Solicitudes y plazos

a) El personal que desee participar en el curso convocado en esta resolución deberá cubrir el formulario de matrícula telemática en la página web de la EGAP <http://egap.xunta.es>. No serán admisibles otros modelos de solicitud. Las solicitudes cubiertas adecuadamente se entenderán presentadas en la EGAP en la dirección de internet http://egap.xunta.es/matricula una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación. Se recomienda facilitar una cuenta de correo electrónico y un número de teléfono móvil para enviar mensajes a los seleccionados.

b) La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas aspirantes dará lugar a la exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en ningún otro curso durante el plazo de un año computado desde el momento en que se detecte el hecho.

c) Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no tengan cubiertos correctamente los datos necesarios para realizar el proceso selectivo del alumnado, no se ajusten al formulario de solicitud oficialmente establecidas en el apartado anterior o sean presentadas fuera de plazo.

d) En el caso de que los interesados necesiten presentar documentación complementaria que acredite circunstancias específicas a efectos de la selección, podrán remitir a la EGAP una copia del formulario de matrícula y dicha documentación por fax al número 981 54 63 39 o correo electrónico a la dirección < xestion.egap@xunta.es >, sin perjuicio del derecho a la presentación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Dicha documentación deberá presentarse dentro del plazo a que hace referencia la letra e) de esta base.

e) El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

f) Los formularios podrán ser obtenidos y cubiertos desde las 8.00 horas de las fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes y hasta las 14.00 horas de la fecha de finalización.

g) Las dudas, dificultades técnicas y solicitudes de información serán atendidas por la EGAP a través del número de teléfono 981 54 62 57/981 54 62 46, el número de fax: 981 54 63 39 o la dirección de correo electrónico xestion.egap@xunta.es, que adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de solicitudes.

Séptima. Publicación de la relación del personal seleccionado

a) La EGAP publicará en su página web <http://egap.xunta.es> una relación de las personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas.

El plazo de presentación de alegaciones será de tres días hábiles desde la publicación.

Además, quien facilite sus datos en la solicitud será informado de su selección a través del correo electrónico y de la mensajería telefónica. Se entenderá que las personas que no figuren en la relación de personas seleccionadas o en la lista de espera, fueron excluidas por alguna de las razones expresadas en las bases de la convocatoria o bien ocupan un puesto más alejado en la lista de espera, todo esto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.6.b) de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

b) Transcurrido el plazo de alegaciones, la EGAP publicará en su página web <http://egap.xunta.es> el listado definitivo de personas admitidas en el curso.

Octava. Cambios o sustituciones en la selección, renuncia

1. Los cambios o las sustituciones en la selección:

En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. La renuncia:

a) Las personas seleccionadas sólo podrán renunciar a las actividades formativas:

– Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

– Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de los responsables de los centros directivos.

– Por otras causas justificadas documentalmente.

b) La renuncia debe ser comunicada por escrito a la Escuela Gallega de Administración Pública con una antelación mínima de tres días hábiles anteriores al inicio de la actividad formativa, mediante el modelo de renuncia publicado en nuestra página web. Para esto podrá utilizarse, además de lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE de 27 de noviembre), cualquiera de las siguientes vías:

– La dirección de correo electrónico xestion.egap@xunta.es

– El número de fax 981 54 63 39.

c) Las personas que incumplan lo previsto en el apartado b) pasarán al final de las listas de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde la finalización de esta actividad.

3. La asistencia y la puntualidad:

a) Son obligatorias la asistencia a las sesiones de la actividad formativa y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa tendrá lugar un control permanente de asistencia y puntualidad, incluidos controles extraordinarios.

c) Las faltas de asistencia:

– No pueden superar en ningún caso el 10 % de las horas lectivas presenciales.

– Deberán justificarse documentalmente ante los responsables de las actividades formativas en un plazo máximo de 10 días contados a partir del día de la finalización de las actividades.

d) Las personas que incumplan lo previsto en el apartado c):

– Perderán el derecho al certificado de participación en la actividad formativa.

– Pasarán al final de las listas de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde la finalización de esta actividad.

Novena. Realización de pruebas

Para poder aprobar el curso el alumnado deberá superar una prueba final de evaluación, que consistirá en la elaboración de un supuesto práctico.

Décima. Certificado de aprovechamiento

Para la obtención del certificado de aprovechamiento, el alumnado deberá obtener la evaluación positiva de su profesorado, el cual emitirá un informe, declarando apto o no apto a cada alumno/a en función del resultado de la prueba.

No se expedirán certificados de asistencia sin haber superado el curso.

Undécima. Modificaciones

La EGAP y el Consejo Consultivo de Galicia podrán suspender el curso si no hubiera un mínimo de alumnos, así como modificar el desarrollo y los contenidos del curso anunciado con el fin de adaptarlo a las necesidades de la Administración, así como a las distintas contingencias que puedan surgir. Todas las modificaciones que afecten al desarrollo del curso serán anunciadas en la página web de la escuela.

Santiago de Compostela, 25 de septiembre de 2014

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública