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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 188 Jueves, 2 de octubre de 2014 Pág. 43120

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Fondo Gallego de Garantía Agraria

ANUNCIO de 17 de septiembre de 2014 sobre notificación de resolución de reintegro de subvenciones a Manuel Arias Dorado.

Mediante el presente anuncio, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, tras ser intentada sin éxito la notificación a Manuel Arias Dorado (NIF 33835827-K) en los intentos practicados en su domicilio, se le comunica que el 12 de mayo de 2014 se resolvió declarar el reintegro de la subvención indebidamente percibida en el expediente 973/27/2009/000244 por la cantidad de 15.193,60 €.

De encontrar conforme la liquidación que se le formula, puede usted efectuar el pago de la deuda mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente de la entidad financiera Abanca número ES19 2080 0388 28 31 1000 1396, dentro de los siguientes plazos (artículo 62 de la Ley general tributaria):

a) Si esta publicación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde dicha fecha hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuese hábil, hasta el inmediato día hábil siguiente.

b) Si esta publicación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde dicha fecha hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuese hábil, hasta el inmediato día hábil siguiente.

Contra la resolución del expediente de referencia, que pone fin a la vía administrativa, la entidad interesada podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante la Consellería del Medio Rural y del Mar, en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente formular recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, contados ambos a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución, sin perjuicio de que pueda ejercer cualquier otro recurso que estime pertinente.

Agotado el plazo voluntario de ingreso sin que se hubiese efectuado el pago de la deuda, se procederá a iniciar el procedimiento de recaudación en la vía de apremio ante la Agencia Tributaria, de acuerdo con la normativa vigente.

El expediente se encuentra, en todo caso, a disposición del interesado en el Fondo Gallego de Garantía Agraria (Fogga); calle Os Irmandiños, s/n, Salgueiriños, 15781 Santiago de Compostela, de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes.

Santiago de Compostela, 17 de septiembre de 2014

Patricia Ulloa Alonso
Directora del Fondo Gallego de Garantía Agraria