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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 182 Miércoles, 24 de septiembre de 2014 Pág. 42043

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña

EDICTO (281/2012).

Juan Rey Pita, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 281/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Manuel Pueyo Varela contra Proyectos y Estudios de Galicia, S.L., Proesga, S.L. (Arbitek), adm. concursal Proyectos y Estudios de Galicia, S.L., Programetal, S.L., administrador concursal Programetal, S.L., Fogasa sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo:

1. Que, estimando la demanda formulada por Manuel Pueyo Varela contra la empresa Programetal, S.L., condeno a la tal empresa a abonarle a la parte actora la cantidad de 11.020,03 euros, que le adeuda en concepto de salarios, así como 3.674,35 por intereses moratorios hasta esta sentencia.

2. Desestimo la demanda presentada frente a Proyectos y Estudios de Galicia, S.L., Proesga, S.L. (Arbitek).

3. El Fogasa habrá de pasar por la presente resolución en los términos del artículo 23.5 último párrafo y 6, inciso primero, de la Ley de la jurisdicción social y artículo 33 del Estatuto de los trabajadores.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra la presente resolución cabe recurso de suplicación en los supuestos previstos en el artículo 191 de la Ley reguladora de la jurisdicción social, que deberá ser anunciado ante este juzgado en el plazo de cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución en la forma prevista en el artículo 194 y concordantes de la Ley reguladora de la jurisdicción social, y con el cumplimiento de las obligaciones de depósito, consignación o aseguramiento previstas en los artículos 229 y siguientes de la Ley reguladora de la jurisdicción social.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrado que la dictó, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha, de lo que doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Proyectos y Estudios de Galicia, S.L., Proesga, S.L. (Arbitek) y Programetal, S.L., expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 4 de septiembre de 2014

El secretario judicial