Intentada la notificación personal y devuelta por el servicio de Correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la presente cédula se notifica a la empresa relacionada la resolución recaída en el expediente sancionador correspondiente.
Expediente: RL 2014/0098-4.
Acta: I36201400017942.
Empresa: Villavig Ciudad, S.L.
DNI/NIF: B85691038.
Dirección: avenida Fisterra, 207, bajo D, A Coruña.
Materia: seguridad y salud.
Preceptos infringidos: artículos 14.2 y 16.1 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre.
Preceptos sancionadores: artículos 12.1.a), 39.3.h) y 40.2.b) del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
Fecha resolución: 25.6.2014.
Resolución: multa de 4.000 €.
Se hace saber a la interesada que puede formular recurso de alzada, ante el director general de Trabajo y Economía Social, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 114 y siguiente de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Se le advierte que, de no ser interpuesto en tiempo y forma, deberá abonar la multa impuesta mediante la necesaria utilización del impreso que podrá solicitar en la Jefatura Territorial de Vigo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, en el número de cuenta y en la entidad bancaria y plazo que en el se señala, ya que, en otro caso, se incoará el procedimiento por la vía de apremio ante la Consellería de Hacienda.
Vigo, 4 de julio de 2014
María Peón Fernández
Jefa territorial de Vigo