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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 138 Martes, 22 de julio de 2014 Pág. 32107

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

CÉDULA de 3 de julio de 2014, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se hace pública una relación de notificaciones de resoluciones de los expedientes sancionadores (Pesan 1 2013/000694-5 y dos más).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, de 27 de noviembre), se notifica a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones de los expedientes instruidos por infracción de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre (DOG nº 243, de 15 de diciembre).

Las personas interesadas disponen de un plazo de diez días, contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto, para examinar el expediente e interponer, dentro del plazo que en cada caso se establezca, el recurso pertinente.

Los expedientes relacionados a continuación se encuentran a disposición de los interesados en la Jefatura de Coordinación del Área del Mar-Vigo; c/ Concepción Arenal, 8, 4º piso.

Nº de expediente: Pesan 1 2013/000694-5.

Denunciado: Joâo Filipe Almeida da Silva.

NIF: 14470242E.

Dirección: calle Santa Mafalda, Murtosa-Aveiro (Portugal).

Precepto infringido: 137.F.11.

Sanción: 18.932 euros.

Nº de expediente: Pesan 1 2013/000715-5.

Denunciado: David Seoane Calvar.

NIF: 77400927Q.

Dirección: Barciela, nº 82, Vilaboa (Pontevedra).

Preceptos infringidos: 137.B.2, 137.B.13 y 137.B.14.

Sanción: 1.500 euros.

Nº de expediente: Pesan 1 2013/000773-5.

Denunciado: Sebastián Reboiras Domínguez.

NIF: 35163370G.

Dirección: A Carrasqueira, 41, Bueu (Pontevedra).

Preceptos infringidos: 137.D.6 y 137.D.7.

Sanción: 394 euros.

De conformidad con lo previsto en la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 23 de noviembre de 2001 (DOG nº 235, de 5 de diciembre), los importes de dichas sanciones deberán ser abonados en los plazos que establece el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, o de lo contrario se procederá, sin más trámite, a su cobro por la vía de apremio reglamentaria. Para el pago en período voluntario los interesados deberán recoger en la Jefatura de Coordinación de la Consellería del Medio Rural y del Mar el documento de ingreso correspondiente.

Si cumplen los requisitos previstos en el artículo 151 de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, podrán solicitar, en el plazo de un mes contado a partir de la firmeza de la presente resolución, la suspensión condicional de la ejecución de la sanción impuesta, mediante escrito motivado en el que manifiesten el compromiso de atenerse a las condiciones que para su otorgamiento se establezcan, a fin de garantizar, durante el plazo de suspensión, un comportamiento de respeto a la normativa reguladora de la actividad pesquera.

Vigo, 3 de julio de 2014

Miguel Ángel Pérez Dubois
Jefe territorial de Pontevedra