La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística acordó, el 20 de mayo de 2014, declarar la caducidad del expediente de reposición de la legalidad urbanística IU2/18/2013 y el archivo de las actuaciones con los efectos previstos en el artículo 92 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), por las obras de construcción de una vivienda unifamiliar en el lugar de Aguís, parroquia de Simes, en el término municipal de Meaño, provincia de Pontevedra.
Al no poder realizarse la notificación personal de aquel acuerdo Manuel Vilar Frieiro y María Eva Sartages Medrano, mediante la presente cédula y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de la administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se les notifica a los interesados dicho acuerdo.
Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se comunica a los interesados que el texto íntegro del acuerdo que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sita en el Edificio Witland, 1ª planta, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.
Contra la declaración de caducidad, que pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de esta cédula, ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejercitan su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Para que conste y sirva de notificación a los citados interesados en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.
Santiago de Compostela, 9 de junio de 2014
María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística