Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 118 Lunes, 23 de junio de 2014 Pág. 28445

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Turismo de Galicia

CÉDULA de 9 de junio de 2014, del Área Provincial de Turismo de A Coruña, por la que se notifica la incoación de 19 de mayo de 2014, dictada en el expediente sancionador de A Coruña AC-95/14, por infracción leve en materia de turismo.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14 de enero), se notifica al titular que se menciona en el anexo la incoación del expediente sancionador en materia de turismo por infracción de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia, ya que, intentada por los medios habituales, no pudo practicarse la notificación.

En este mismo acto se designó instructor del expediente a Juan Luis Martínez Sieira, pudiendo los interesados promover su recusación en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

La resolución del presente procedimiento por infracción leve corresponde a la jefa del Área Provincial de A Coruña de la Agencia Turismo de Galicia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de los estatutos de dicha agencia, respecto del artículo 4 del Decreto 196/2012, de 27 de septiembre, por el que se crea la citada agencia y se aprueban sus estatutos (DOG nº 193, de 9 de octubre) y respecto del artículo 119.1.a) de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.1 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, la resolución del presente procedimiento sancionador se notificará en el plazo de un año desde la fecha de este acuerdo.

Los interesados dispondrán de un plazo de quince días, conforme a lo establecido en el artículo 16.1 del Real decreto 1398/1993, para presentar ante el instructor del expediente, para su incorporación al mismo, cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen conveniente y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de los que pretenda valerse, con la advertencia de que, de no formular alegaciones en el plazo señalado, este acuerdo se considerará como propuesta de resolución, de conformidad con lo previsto en el artículo 13.2 del citado decreto.

A Coruña, 9 de junio de 2014

P.S. (Resolución de 30.1.2014)
Crisanto Jesús Lamela Rozas
Jefe de la Sección de Infraestructura Turística

ANEXO

Expediente: AC-95/14.

Denunciada: Damaris Gabriela Leal Sandoval.

NIF: X-6796947-X.

Establecimiento: café bar O Rancho.

Domicilio: carretera AC 299, km 1,5, Estramundi.

Localidad: Padrón.

Precepto infringido: artículo 109.2, apartado b), de la Ley 7/2011.

Incoación: 19 de mayo de 2014.

Sanción: apercibimiento.