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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 102 Viernes, 30 de mayo de 2014 Pág. 24457

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela

EDICTO (203/2014).

Ana María Navarro Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de despido objetivo individual 203/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Otilia Rodríguez Arufe contra la empresa Isalcor Valga, S.L., Carpintería Metálica Tecre, S.L., Javier López Romero y el Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado la siguiente sentencia, cuyo fallo se adjunta:

«Fallo.

1º. Estimo la demanda sobre despido formulada a instancia de María Otilia Rodríguez Arufe, representada por la letrada Sra. Cancela Regueiro, contra las entidades Isalcor Valga, S.L. (declarada en concurso voluntario, siendo administrador concursal Javier López Romero), Carpintería Metálica Tecre, S.L. y contra el Fogasa, y, en consecuencia, declaro la improcedencia del despido, con condena solidaria de las empresas demandadas a que readmitan inmediatamente a la trabajadora en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, con abono de los salarios de tramitación (calculados a razón de 44,11 €/día) o bien, a elección del empresario, a la extinción de la relación laboral con abono de la indemnización detallada en el número segundo de este fallo.

Dicha opción deberá ejercitarse en cinco días a partir de la notificación de esta sentencia, mediante escrito o comparecencia ante este juzgado. Transcurrido dicho término, sin que el empresario hubiese optado, se entenderá que procede la readmisión.

2º. La indemnización, según lo dispuesto en el número anterior, sería de 5.067,14 euros (cantidad a la que procede descontar la suma, en su caso, percibida por despido objetivo).

3º. Debo absolver y absuelvo al Fogasa, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos previstos en el artículo 33 del Estatuto de los trabajadores.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma podrán interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días contados desde el siguiente al de su notificación.

La anterior resolución se entregará al secretario para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Carpintería Metálica Tecre, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 8 de mayo de 2014

La secretaria judicial