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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 100 Martes, 27 de mayo de 2014 Pág. 23885

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda)

EDICTO (4175/2007).

En el procedimiento ordinario que se tramita en esta sala y del que se hará mención para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 47 de la LJCA, se ha acordado librar el presente a fin de que se publique en el Diario Oficial de Galicia la parte dispositiva de la sentencia de 5.2.2014, dictada por la Sección Quinta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, insertando el texto que a continuación se indica, debiendo remitir a esta sala un ejemplar, para su posterior remisión al Tribunal Supremo.

«Fallamos que, desestimando el primer motivo de casación alegado y con estimación del segundo, debemos declarar y declaramos que ha lugar al recurso interpuesto por el procurador Julián Caballero Aguado, en nombre y representación de la entidad mercantil Inmobiliaria Pasillo Verde V.P., S.L, contra la sentencia pronunciada, con fecha 20 de enero de 2011, por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el recurso contencioso-administrativo número 4175 de 2007, la que, por consiguiente, anulamos, al mismo tiempo que, con estimación del recurso contencioso-administrativo sostenido por la representación procesal de la referida entidad mercantil Inmobiliaria Pasillo Verde V.P., S.L., contra el Decreto de la Xunta de Galicia 15/2007, de 1 de febrero, por el que se suspende la vigencia de las normas de planeamiento municipal de Barreiros y se aprueba la ordenación urbanística provisional hasta la entrada en vigor del nuevo planeamiento, debemos declarar y declaramos que el referido Decreto 15/2007, de 1 de febrero, es nulo de pleno derecho, sin hacer expresa condena al pago de las costas procesales causadas en la instancia y en este recurso de casación. Así, por esta nuestra sentencia, cuya parte dispositiva se publicará en el Diario Oficial de Galicia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos, debiéndose hacer saber a las partes, al notificársela, que contra ella no cabe recurso ordinario alguno».

A Coruña, 24 de marzo de 2014

Inmaculada Pérez Arrojo
Secretaria