De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que a continuación se relaciona la resolución que el jefe territorial dictó en el expediente sancionador instruido por infracción de la normativa sobre transporte terrestre, porque, intentada la notificación, no se pudo efectuar.
Se les informa de que contra dicha resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe recurso de alzada, ante el director general de Movilidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula.
En caso de conformidad con la resolución sancionadora, el interesado deberá abonar la multa impuesta empleando el modelo impreso que se facilitará en este servicio de movilidad.
En el caso de no presentar recurso de alzada y no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo previsto en el artículo 97 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Para que conste y sirva de notificación al interesado, firmo y sello esta cédula.
Ourense, 5 de mayo de 2014
Ángel Míguez López
Jefe del Servicio de Movilidad de Ourense