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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 99 Lunes, 26 de mayo de 2014 Pág. 23678

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

CÉDULA de 5 de mayo de 2014, del Servicio de Movilidad de Ourense, por la que se notifica la resolución dictada en el expediente sancionador en materia de transportes terrestres (expediente OU-01189-O-2013).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que a continuación se relaciona la resolución que el jefe territorial dictó en el expediente sancionador instruido por infracción de la normativa sobre transporte terrestre, porque, intentada la notificación, no se pudo efectuar.

Se les informa de que contra dicha resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe recurso de alzada, ante el director general de Movilidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula.

En caso de conformidad con la resolución sancionadora, el interesado deberá abonar la multa impuesta empleando el modelo impreso que se facilitará en este servicio de movilidad.

En el caso de no presentar recurso de alzada y no pagar la sanción impuesta, se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo previsto en el artículo 97 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Para que conste y sirva de notificación al interesado, firmo y sello esta cédula.

Ourense, 5 de mayo de 2014

Ángel Míguez López
Jefe del Servicio de Movilidad de Ourense

ANEXO

Expediente

Matrícula

Denunciante

Persona sancionada

DNI/CIF

Última dirección conocida

Infracción cometida

Fecha-hora-carretera-p.k.

Precepto calificador

Precepto sancionador

Sanción impuesta

OU-01189-O-2013

M-6840-VB

Guardia Civil 3203 T10323A

Disco Móvil Show, S.L.

B32259905

San Pedro de Triós, s/n

32170 O Pereiro de Aguiar

Ourense

El exceso igual o superior al 5 por ciento e inferior al 15 por ciento sobre la MMA total en vehículos con MMA hasta 12 toneladas. Exceso de peso igual o superior al 7 %

6.7.2013; 19.38; OU-533; 8

Art. 142.2 LOTT

Art. 143.1.c) LOTT

325 euros