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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 93 Viernes, 16 de mayo de 2014 Pág. 22050

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

DECRETO 54/2014, de 24 de abril, por el que se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras de instalación de estación depuradora de aguas residuales en Buchabade (ayuntamiento de Ponte Caldelas).

El Ayuntamiento de Ponte Caldelas, en sesión celebrada el día seis de febrero de dos mil cuatro, aprobó el proyecto de obras de instalación de la estación depuradora de aguas residuales (EDAR) en Buchabade (ayuntamiento de Ponte Caldelas) y en la misma sesión acordó solicitar de la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Los bienes en los que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.

Dicho expediente tuvo entrada en la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia y contiene la justificación acreditativa de la motivación para la declaración de urgente ocupación.

El expediente fue tratado en la Comisión de Secretarios Generales previa a su elevación al Consello de la Xunta de Galicia.

El expediente contiene la documentación a la que se refiere el artículo 1 de la Orden de 7 de diciembre de 1983, sobre declaraciones de urgente ocupación, así como la exigida en el artículo 3 de la Ley 11/1996, de 27 de diciembre, de medidas de disciplina presupuestaria.

En consecuencia, se considera necesaria la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios para la realización de las obras del proyecto técnico señalado, ya que, según señala el Ayuntamiento y el informe del técnico municipal, actualmente el sistema de saneamiento se realiza mediante fosas sépticas, pozos negros y vertidos ilegales, y que estos últimos originan un grave problema de salud pública y contaminación ambiental, por lo que urge la necesaria instalación de la EDAR para solucionar este problema.

En el núcleo rural de Buchabade están instalados los colectores para saneamiento de fecales, actualmente sin uso pues para su correcto funcionamiento es necesaria la colocación y puesta en marcha de la EDAR, siendo necesario ocupar una finca particular y tramitar el correspondente expediente de expropiación.

La urgencia para acometer cuanto antes las obras viene justificada por la necesidad de instalar una estación depuradora de aguas residuales en Buchabade, lo que evitaría la existencia de vertidos ilegales y de los riesgos que estos conllevan para la salubridad pública y el ambiente, y más aún en la salud de las personas, por las consecuencias que puede suponer no prestar un correcto servicio de saneamiento a los vecinos del ayuntamiento; la ejecución de la obra repercutirá favorablemente en la vida y la salubridad del núcleo afectado, y posibilitará que el Ayuntamiento alcance el cumplimiento de sus obligaciones normativas.

La competencia para la declaración de la urgente ocupación corresponde al Consello de la Xunta de Galicia según lo dispuesto en los artículos 27.2 y 28.2 del Estatuto de autonomía de Galicia.

En su virtud, a propuesta del vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veinticuatro de abril de dos mil catorce,

DISPONGO:

Artículo único. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución de las obras de instalación de la estación depuradora de aguas residuales (EDAR) en Buchabade (ayuntamiento de Ponte Caldelas), debiendo, en su caso, una vez ocupados los terrenos necesarios, obtener las autorizaciones que fueran necesarias de los organismos competentes, con carácter previo al inicio de las obras.

Santiago de Compostela, veinticuatro de abril de dos mil catorce

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia