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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 91 Miércoles, 14 de mayo de 2014 Pág. 21771

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (2/2012).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 2/2012 y acumuladas de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Juan Manuel Pérez Cernadas y José Manuel Pérez Trillo contra la empresa Autocares Romar Gerpe, S.L., sobre ordinario, se ha dictado decreto en fecha 22 de abril de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva del decreto:

«Parte dispositiva.

Acuerdo:

a) Declarar a la ejecutada Autocares Romar Gerpe, S.L. en situación de insolvencia total por importe de 25.135,83 euros de principal [4.508,52 euros de indemnización (2.079,98 euros a Juan Manuel Pérez Cernadas + 2.428,54 euros a José Manuel Pérez Trillo) + 4.588,51 euros de salarios de tramitación (2.271,08 euros a Juan Manuel Pérez Cernadas + 2.317,43 euros a José Manuel Pérez Trillo) + 16.038,80 euros de salarios adeudados (7.411,45 euros a José Manuel Pérez Cernadas + 8.627,35 euros a José Manuel Pérez Trillo], más 302,55 euros de intereses de mora (de 7.411,45 euros) a Juan Manuel Pérez Cernadas, más 2.513,59 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses, gastos y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente, sin perjuicio de reaperturar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

c) Procédase a su inscripción en el registro correspondiente.

d) Llevar el original al libro de decretos y testimonio a la presente ejecución.

e) Se acuerda proceder a alzar el embargo trabado sobre:

– Tarjeta de transporte de mercancías 11600458-2 MDP Nacional.

– Tarjeta de transporte de mercancías 11600459-3 MDP Nacional.

– Tarjeta de transporte de mercancías 11600468 MDPE.

Librándose el oportuno oficio a la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructura-Servicio de Movilidad-Jefatura Territorial de A Coruña de la Xunta de Galicia, para que proceda a alzar los embargos sobre las citadas tarjetas de transporte.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 LJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 5076 en el Banco Santander, debiendo indicar en el campo concepto “recurso”, seguida del código “31 Social-revisión de resoluciones secretario judicial”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “recurso” seguida del “31 Social-revisión de resoluciones secretario judicial”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

La secretaria judicial».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación a Autocares Roman Gerpe, S.L., expido el presente edicto.

Santiago de Compostela, 22 de abril de 2014

La secretaria judicial