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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 89 Lunes, 12 de mayo de 2014 Pág. 21326

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 22 de abril de 2014, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador 2013357AL-CO por infracciones en materia sanitaria.

El 19 de marzo de 2014, la jefa territorial de la Consellería de Sanidad de A Coruña dictó la resolución del expediente sancionador 2013357AL-CO incoado a Dame Gaye.

Intentada la notificación de la resolución según lo dispuesto en el artículo 59.2º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y no siendo posible su práctica, por medio de esta cédula, y según lo dispuesto en el apartado 5 del citado artículo, se notifica a Dame Gaye el contenido de la referida resolución que figura como anexo para que pueda tener conocimiento de él.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste para interponer recurso de alzada, ante la conselleira de Sanidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula, según establece el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, recordándole su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de la jefatura, sita en la calle Durán Loriga, 3, A Coruña, y a obtener, en su caso, copia del expediente, según lo previsto en el apartado a) del artículo 35 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En el caso de estar de acuerdo con el contenido de esta resolución, el abono voluntario de la sanción podrá hacerse en el siguiente plazo: 1) las notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato día hábil siguiente; 2) las notificadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato día hábil siguiente, mediante el ingreso que debe efectuar en cualquiera entidad bancaria colaboradora, empleando los impresos normalizados que le serán facilitados en las dependencias de la jefatura territorial.

Esta cédula se expide para que conste y sirva de notificación al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

A Coruña, 22 de abril de 2014

Cristina Pérez Fernández
Jefa territorial de A Coruña

ANEXO

Nº expediente: 2013357AL-CO.

Interesado/a: Dame Gaye (Locutorio General).

DNI/NIF/CIF: Y0345295X

Última dirección conocida: c/ Entrepeñas, 5 bajo,15010 A Coruña.

Hecho/s imputado/s: infracción de la legislación aplicable en materia sanitaria.

Artículo/s infringido/s:

– Reglamento (CE) 852/2004, de 29 de abril, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal (DO nº 139, de 30 de abril de 2004; rectif. DO nº 204, de 4 agosto de 2007). Artículo 5.1º.2º.3º.4º anexo II. Requisitos higiénicos generales aplicables a todos los operadores de empresa alimentaria (excepto si es de aplicación el anexo I). Capítulo IX. 2. 3. Capítulo XII. 1). 2).

– Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición (BOE nº 160, de 6 de julio de 2011). Artículo 50.1º.a).d).e), artículo 51.1º y artículo 52.1º.a).

– Decreto 204/2012, de 4 de octubre, por el que se crea el Registro Gallego Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios (Regasa) (DOG nº 205, de 26 de octubre de 2012). Artículo 2.2º, artículo 4.1º.a). b), artículo 6.1º.

– R.D. 1334/1999, de 31 de julio, sobre normas generales de etiquetado, presentación y publicidad de productos alimenticios (BOE nº 202, de 24 de agosto de 1999). Artículo 5.1º. Reglamento (CE) 178/2002 de la Comisión, de 28 de enero, por el que establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria (DO nº 31, de 1 febrero de 2002). Artículo 14.1º.3º.b) y artículo 18.1º.2º.4º.

Tipificación: leve.

Sanción impuesta: 60 €.