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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 85 Martes, 6 de mayo de 2014 Pág. 20531

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Arbo

ANUNCIO de la aprobación definitiva del Plan especial de dotaciones para la implantación de un equipamiento sanitario asistencial en A Barreira.

Por Acuerdo plenario de 29 de marzo de 2014 se prestó aprobación definitiva del Plan especial de dotaciones para la implantación de un equipamiento sanitario asistencial en el lugar de A Barreira, que se publica a los efectos previstos en el artículo 92.2 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

Acuerdo plenario de aprobación definitiva:

3. Aprobación definitiva, si procede, del Plan especial de dotaciones para la implantación de un equipamiento sanitario asistencial en el lugar de A Barreira.

Teniendo así el quórum exigido para continuar con el Plenario, se procede a la votación del punto de la orden del día referido a la aprobación definitiva del Plan especial de dotaciones para la implantación de un equipamiento sanitario-asistencial en el lugar de A Barreira, resultando aprobado por tres (3) votos a favor del alcalde, Xavier Simón Fernández (BNG), el Sr. Álvarez Groba (BNG) y la Sra. Durán Pedrosa (AIAR), y con dos (2) abstenciones del Sr. Simón Ferro (AIAR) y de la Sra. Troncoso Viéitez (AIAR) el siguiente acuerdo:

«Primero. Aprobar definitivamente el Plan especial para equipamiento sanitario-asistencial (residencia de la tercera edad), promovido de oficio por el Ayuntamiento de Arbo y redactado por el arquitecto asesor municipal Teodoro de Francisco Antes, el cual fue aprobado provisionalmente en sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local de 25 de enero de 2014 y cuenta con informe favorable de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de 5 de marzo de 2014.

Segundo. El plan especial, en virtud del artículo 92 de la LOUGA, tendrá vigencia indefinida, sin perjuicio de su modificación y revisión.

Tercero. Este acuerdo de aprobación definitiva será publicado, en el plazo de un mes desde la adopción, en el Diario Oficial de Galicia, y el documento que contenga la normativa y las ordenanzas serán publicados en el Boletín Oficial de la provincia de Pontevedra. En el anuncio de aprobación definitiva se hará constar la remisión de la documentación a la consellería tal y como se establece en el apartado cuarto de este acuerdo.

Cuarto. Como la competencia para la aprobación definitiva del plan especial corresponde al Ayuntamiento de Arbo, la aprobación definitiva será comunicada a la consellería competente en materia de urbanismo y ordenación del territorio, a la vez que se dará traslado de una copia autentificada de dos ejemplares del instrumento aprobado definitivamente con todos los planos y documentos que integran el plan especial, debidamente diligenciados por la Secretaría del ayuntamiento, haciendo constar dicha circunstancia.

Quinto. La eficacia del acto de aprobación definitiva y la entrada en vigor del plan quedan condicionadas al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 92 de la LOUGA y lo que disponga a los efectos la legislación reguladora de la Administración actuante. En este sentido, el artículo 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, señala que el articulado de las normas de los planes urbanísticos, así como los acuerdos correspondientes a dichos planes urbanísticos donde la aprobación definitiva será competencia de los entes locales, serán publicados en el BOP y no entrarán en vigor hasta que se publique completamente su texto y transcurra el plazo previsto en el artículo 65.2 de la propia ley (quince días hábiles)».

Por otro lado, y tal como está establecido en el artículo 92.3 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, se dará cuenta también en el presente anuncio de que el citado proyecto fue remitido a la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras.

Contra el presente acuerdo, conforme a lo previsto en el artículo 107.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y dado que los planes especiales fueron aprobados definitivamente en una disposición de carácter general, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación del presente anuncio, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Arbo, 10 de abril de 2014

Xavier Simón Fernández
Alcalde