De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, de 27 de noviembre), se notifica a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones de los expedientes instruidos por infracción de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre (DOG nº 243, de 15 de diciembre).
Las personas interesadas disponen de un plazo de diez días, contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto, para examinar el expediente e interponer, dentro del plazo que en cada caso se establezca, el recurso pertinente.
Los expedientes relacionados a continuación se encuentran a disposición de los interesados en la citada Jefatura de Coordinación del Área del Mar-Vigo; c/ Concepción Arenal, 8, 4ª planta.
Nº de expediente: PESAN1 2013/000389-5.
Denunciado: Paulo Jorge Amaral Pinto.
NIF: 11298756Y.
Dirección: urb. Tagides, parque, lote 2, bloco b, Vilafranca de Xira, Lisboa (Portugal).
Precepto infringido: 137.G.3.
Sanción: 3.015 euros.
Nº de expediente: PESAN1 2013/000734-5.
Denunciado: Óscar Dios Señoráns.
NIF: 35488989N.
Dirección: c/ San Martiño, 15, Rubiáns, Vilagarcía de Arousa (Pontevedra).
Precepto infringido: 138.B.1.
Sanción: 30.001 euros.
Nº de expediente: PESAN1 2013/000905-5.
Denunciado: Ignacio Elizalde de Roda.
NIF: 02528872 E.
Dirección: avda. Luis Rocafort, nº 51, Sanxenxo (Pontevedra).
Precepto infringido: 137.B.2.
Sanción: 151 euros.
Nº de expediente: PESAN1 2013/000963-5.
Denunciado: Jorge Capa Iglesias.
NIF: 52498796P.
Dirección: c/ Alemania, 1, bajo, Pontevedra.
Precepto infringido: 137.B.2.
Sanción: 300 euros.
De conformidad con lo previsto en la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 23 de noviembre de 2001 (DOG nº 235, de 5 de diciembre), los importes de dichas sanciones deberán ser abonados en los plazos que establece el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, o de lo contrario se procederá, sin más trámite, a su cobro por la vía de apremio reglamentaria. Para el pago en período voluntario los interesados deberán recoger en dicha Jefatura de Coordinación de la Consellería de Medio Rural y del Mar el documento de ingreso correspondiente.
Si cumplen los requisitos previstos en el artículo 151 de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, podrán solicitar, en el plazo de un mes contado a partir de la firmeza de la presente resolución, la suspensión condicional de la ejecución de la sanción impuesta, mediante escrito motivado en el que manifiesten el compromiso de atenerse a las condiciones que para su otorgamiento se establezcan, a fin de garantizar, durante el plazo de suspensión, un comportamiento de respeto a la normativa reguladora de la actividad pesquera.
Vigo, 8 de abril de 2014
Miguel Ángel Pérez Dubois
Jefe territorial de Pontevedra