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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 79 Viernes, 25 de abril de 2014 Pág. 18938

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Lugo

EDICTO (1050/2013).

Rafael González Alió, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Lugo, hago saber que en el procedimiento 1050/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Noelia Cagide Varela contra Callidora Aesthetic, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial sobre despido, se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

Que, estimando la demanda interpuesta por Noelia Cagide Varela, representada por la letrada Sra. Souto Neira, contra la empresa Callidora Aesthetic, S.L., que no ha comparecido pese a haber sido debidamente citada, y con la intervención del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), que no ha comparecido pese haber sido debidamente citado, debo declarar y declaro que el despido de la parte actora constituye un despido improcedente; así como debo condenar y condeno a la expresada empresa demandada a que, en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente resolución, opte entre la readmisión del trabajador o una indemnización equivalente a 1.132,56 euros. En el caso de readmisión, a abonar los salarios de tramitación a razón de 25,74 euros diarios. De no optar entre readmisión o indemnización, se entiende que procede la primera. Ello sin perjuicio de la responsabilidad que al Fogasa corresponda.

Notifíquese esta resolución a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, dentro de los cinco días siguientes al de su notificación, por conducto de este juzgado, ante el que deberá ser anunciado tal propósito mediante comparecencia o por escrito y con los demás requisitos exigidos en los artículos 191 y siguientes de la Ley reguladora de la jurisdicción social.

Y para que sirva de notificación en forma a Callidora Aesthetic, S.L., en ignorado paradero, expido y firmo el presente edicto.

Lugo, 2 de abril de 2014

El secretario judicial