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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 74 Miércoles, 16 de abril de 2014 Pág. 17638

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (254/2012)

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación 254/2012 PM.

Juzgado de origen/autos: demanda 12/2011 Juzgado de lo Social número 4 de Vigo.

Recurrente: Lucía Martínez Alonso.

Abogada: María Mercedes Fernández Pereira.

Recurridos: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Topforesto Ingeniería, S.L.

Secretaría: Asunción Barrio Calle.

Cédula de notificación.

M. Asunción Barrio Calle, secretaria judicial de la sección número 1 de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de A Coruña, hace saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 254/2012 de esta sección, seguido a instancia de Lucía Martínez Alonso contra la empresa Topforesto Ingeniería, S.L. sobre otros derechos de la Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

Que desestimamos el recurso de suplicación formulado por Lucía Martínez Alonso contra la sentencia dictada el 23.9.2011 por el Juzgado de lo Social número 4 de Vigo en autos número 12/2011 sobre diferencias de prestación contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y la empresa Topforesto Ingeniería, S.L. resolución que se mantiene en su integridad.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, haciéndoles saber que, contra la misma, sólo cabe recurso de casación para unificación de doctrina que se preparará por escrito ante esta sala de lo social, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 218 y siguientes de la Ley de jurisdicción social. Si la recurrente no estuviere exenta de depósito y consignación para recurrir, deberá ingresar:

– La cantidad objeto de condena en la c/c de esta sala en el Banco Banesto,
nº 1552 0000 80 (nº recurso) (dos últimas cifras del año).

– El depósito de 600 euros en la c/c de esta sala nº 1552 0000 37 (nº recurso) (dos últimas cifras del año).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Se advierte a la parte en ignorado paradero que, en lo sucesivo, se le efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de procedimiento laboral.

Y para que así conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a Topforesto Ingeniería, S.L., con último domicilio conocido en Pontevedra, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 14 de marzo de 2014

La secretaria judicial