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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 67 Lunes, 7 de abril de 2014 Pág. 15476

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 20 de marzo de 2014 por la que se notifica la imposición de una multa coercitiva devuelta por el servicio de Correos por resultar su destinatario ausente en el reparto (expediente 107B 2004/61-0).

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 13 de febrero de 2014, resolución por la que se impone una sexta multa coercitiva derivada del expediente de reposición de la legalidad urbanística número 107B 2004/61-0 a Francisco Javier Álvarez Villamarín y como consecuencia de incumplir lo ordenado en la Resolución de 21 de febrero de 2006, que ordenaba la demolición de una vivienda unifamiliar con estructura de hormigón armado, cierres exteriores de sillería de granito de cubierta de pizarra a dos aguas; compuesta de planta semisótano de 115 m2 de superficie aproximada y altura de 1,80 m, planta baja de una superficie construida de 87,75 m2 y planta bajo cubierta de una superficie construida de 87,75 m2 de superficie de unos 0,90 m de altura en los laterales de la edificación, promovidas por el interesado, en el lugar de Xuncido, parroquia de Camos, en el término municipal de Nigrán, provincia de Pontevedra.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se le notifica al interesado dicha resolución.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a la interesada que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, 1er piso, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, la interesada podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación, ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, significándole que el recurso únicamente será admisible por motivos de infracción del ordenamiento inherentes a la imposición de esta multa coercitiva, siendo motivo de inadmisión la reiteración de las mismas razones que se esgrimieron frente a la resolución de la que este acuerdo es un mero acto de ejecución.

En caso de no ejercer su derecho a presentar recurso potestativo de reposición puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1º, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste, y le sirva de notificación al citado interesado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5º de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 20 de marzo de 2014

María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística