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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 65 Jueves, 3 de abril de 2014 Pág. 14809

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (803/2010).

Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 803/2010, a instancia de María Luz Caamaño Caamaño contra Servicur Limpiezas y Mantenimientos, S.L., Ayuntamiento de A Coruña, Samyl, S.L., Ingesan, S.L., Grupo OML, las empresas Limpergal, S.L., Lisescon y Amansur, S.L., Eurodiba Inhouse, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial sobre cantidad, en los que recayó sentencia en fecha 27.2.2014 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

Fallo.

Se estima parcialmente la demanda interpuesta por María Luz Caamaño Caamaño y Esperanza Rivas Dobén frente a Servicur Limipiezas y Mantenimiento, S.L., Ayuntamiento de A Coruña, Samyl, S.L., Ingesan, S.L., Grupo OHL Limpergal, S.L., Lisescon y Amansur, S.L., Eurodiba Inhouse, S.L. y, en consencuencia:

Se absuelve al Ayuntamiento de A Coruña y a las empresas Grupo OHL Limpergal, S.L., Lisescon y Amansur, S.L., Eurodiba Inhouse, S.L.

Se condena solidariamente a las empresas Servicur Limipiezas y Mantenimiento, S.L., Samyl, S.L. e Ingesan, S.L. a abonar a las actoras las siguientes cantidades:

• A María Luz Caamaño Caamaño la cantidad de 4.353,68 euros.

• A Esperanza Rivas Dobén la cantidad de 4.353,68 euros.

Notifíquese la resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado juez del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a las empresas Servicur Limpiezas y Mantenimiento, S.L., Limpergal, S.L., Lisescon y Amansur, S.L. y Eurodiba Inhouse, S.L. expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 10 de marzo de 2014

La secretaria judicial