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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 62 Lunes, 31 de marzo de 2014 Pág. 14018

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2014, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se amplía, para las personas residentes en Venezuela, el plazo de presentación de solicitudes de la Resolución de 12 de febrero de 2014, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se regulan y se convocan las subvenciones del programa de ayudas económicas individuales para residentes en el exterior durante el año 2014.

Mediante la Resolución de 12 de febrero de 2014 (DOG nº 35, de 20 de febrero), se regularon y se convocaron las subvenciones del programa de ayudas económicas individuales para residentes en el exterior durante el año 2014.

En el artículo 17 de la dicha resolución se establece un plazo de 40 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, para la presentación de solicitudes, plazo que finaliza el próximo día 1 de abril.

Las especiales circunstancias sociales y políticas concurrentes actualmente en Venezuela están provocando grandes dificultades para que las personas residentes en este país puedan reunir la documentación necesaria para solicitar las subvenciones de este programa, así como para poder acercarse a las entidades colaboradoras habilitadas para la presentación electrónica de sus solicitudes.

La situación socio-política del país está agravando la situación de escasez de recursos para la subsistencia, más en sectores de la población especialmente sensibles a estos episodios de desgobierno, como el formado por las personas mayores.

En Venezuela residen más de 40.000 personas que tienen la condición política de gallegos, de los cuales, más de 15.000 tienen 65 o más años, y una buena parte de ellos, debido a los procesos inflacionarios que recurrentemente sufre este país, no disponen de rentas suficientes para poder conseguir productos de primera necesidad o farmacológicos para poder subsistir, por lo que las ayudas del programa de ayudas económicas individuales resultan imprescindibles para su subsistencia.

En atención a estas circunstancias, resulta preciso ampliar, para las personas residentes en Venezuela, el plazo de presentación de solicitudes del programa de ayudas económicas individuales para el año 2014.

En consecuencia, de conformidad con el dispuesto en el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común,

RESUELVO:

Artículo único. Ampliación del plazo de presentación de solicitudes

Ampliar, únicamente para las personas residentes en Venezuela, el plazo de presentación de solicitudes previsto en el artículo 17 de la Resolución de 12 de febrero de 2014, por la que se regulan y se convocan las subvenciones del programa de ayudas económicas individuales para residentes en el exterior durante el año 2014 (DOG nº 35, de 20 de febrero), hasta el 21 de abril de 2014, inclusive.

Santiago de Compostela, 25 de marzo de 2014

Antonio Rodríguez Miranda
Secretario general de la Emigración