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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 60 Jueves, 27 de marzo de 2014 Pág. 13077

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2014 por la que se convocan las actividades de formación para el personal de la Administración local de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Aprobado el programa de actividades formativas de la Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP) para el año 2014 por el Consejo Rector, de conformidad con el artículo 6.2 de la Ley 4/1987, de 27 de mayo, modificada por la Ley 10/1989, de 10 julio, se convocan las actividades de formación para el personal de la Administración local de Galicia que se detallan en los anexos de esta resolución,

RESUELVO:

Publicar la convocatoria de las actividades formativas que figuran en el anexo II, que deberán desarrollarse según las bases detalladas en el anexo I.

Santiago de Compostela, 21 de marzo de 2014

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública

ANEXO I
Bases

Primera. Requisitos de los participantes

Podrán participar en las acciones formativas convocadas en esta resolución los empleados públicos y las empleadas públicas al servicio de las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia, así como los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional que estén prestando servicios en otras administraciones públicas de Galicia, que se encuentren en situación de servicio activo, permiso por maternidad, adopción o acogimiento o excedencia por el cuidado de un hijo o de un familiar y que reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria y para cada uno de los casos en el anexo II.

Toda persona solicitante que al inicio del curso se encuentre en situación de baja laboral por incapacidad temporal quedará automáticamente excluida del listado del personal seleccionado. Esta incidencia deberá ser comunicada a la EGAP con carácter inmediato.

Segunda. Desarrollo de las actividades de formación

Los cursos se realizarán con los requerimientos, la duración y las condiciones que para cada uno de ellos se indiquen en la convocatoria. La información relativa al desarrollo de las actividades, así como sus posibles modificaciones, será actualizada y ampliada en la página web <http://egap.xunta.es>

Tercera. Solicitudes

1. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

2. Las solicitudes de participación en las actividades formativas solo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección
<http://egap.xunta.es/matricula> desde las 8.00 horas de la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes y hasta las 14.00 horas de la fecha de finalización. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

3. Dentro del plazo de presentación de solicitudes establecido en el apartado 1 de esta base los solicitantes deberán presentar en la EGAP, junto con una copia del formulario de solicitud, la siguiente documentación:

a) Certificado expedido por el órgano responsable de personal de que dependa la persona solicitante que indique su situación administrativa y la antigüedad en la Administración. La falta de presentación de estos documentos acreditativos dará lugar a la exclusión de la persona solicitante.

b) Documentación complementaria acreditativa de circunstancias específicas de acuerdo con los criterios de selección señalados en la Resolución de la Escuela Gallega de Administración Pública de 4 de enero de 2008 (DOG de 10 de enero).

Para ello podrá utilizarse, además de lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE de 27 de noviembre), cualquiera de las siguientes vías:

– La dirección de correo electrónico xestion.egap@xunta.es

– El número de fax 981 54 63 39.

4. El número máximo de cursos que se puede solicitar se limita a cinco.

5. No está permitida la realización de actividades de formación que tengan simultaneidad de horarios en una o varias sesiones presenciales de las actividades. Cuando el alumnado tenga conocimiento de que fue seleccionado para un curso que tenga coincidencia horaria con otro en el que ya fue seleccionado debe renunciar a uno de ellos. En el caso de que se compruebe con posterioridad la realización simultánea de varias actividades, no se expedirá certificación de ninguna de ellas, y el alumnado pasará al final de los listados de todas las actividades formativas que solicite y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

6. Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no se ajusten al formulario de solicitud, no tengan cubiertos correctamente los datos precisos para la realización del proceso de selección o sean presentadas fuera de plazo.

7. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán excluidas automáticamente de las actividades solicitadas y pasarán al final de las listas de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado desde que se detecte el hecho.

8. Las personas interesadas en recibir mensajes sobre el proceso de selección deberán facilitar una dirección de correo electrónico y/o un número de teléfono móvil.

9. La EGAP adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de las solicitudes. Las dudas, las dificultades técnicas y las peticiones de información complementaria serán atendidas a través de los números de teléfono 981 54 62 57 y 981 54 62 53, del número de fax 981 54 63 39 y de la dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.es>

Cuarta. Criterios de selección

1. Los criterios selectivos que serán empleados son los señalados con carácter general en la Resolución de la Escuela Gallega de Administración Pública de 4 de enero de 2008 (DOG de 10 de enero).

A efectos de lo previsto en el apartado segundo de la citada resolución, el baremo que se empleará para la selección se establece sobre una base de 100 puntos, de los que el 60 % estará vinculado al número de horas de formación recibidas en los dos últimos años y el 40 % restante a la antigüedad en la Administración.

Los empates se desharán de acuerdo con el resultado del sorteo al que se refiere el artículo 9 del Reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, aprobado por el Decreto 95/1991, de 20 de marzo (DOG de 25 de marzo). Para el año 2014, según la Resolución de 29 de enero (DOG nº 27, de 10 de febrero), se empezará por la letra «B».

2. En el caso de que no haya un suficiente número de solicitantes que cumpla los requisitos del curso, podrá completarse el número de alumnos asignado mediante la apertura de un nuevo plazo público en la página web de la EGAP.

Quinta. Publicación de las relaciones del alumnado seleccionado

1. La EGAP publicará en la dirección <http://egap.xunta.es> una relación de las personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas.

El plazo de presentación de alegaciones será de tres días hábiles desde su publicación.

Además, quien facilite los correspondientes datos en la solicitud será informado de su selección a través del correo electrónico y de la mensajería telefónica. Se entenderá que las personas que no figuren en la relación fueron excluidas por alguna de las razones expresadas en las bases de la convocatoria u ocupan un puesto más alejado en la lista de espera, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.6.b) de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

2. Transcurrido el plazo de alegaciones, la EGAP publicará en la dirección <http://egap.xunta.es>
el listado definitivo de personas admitidas en el curso.

Sexta Cambios o sustituciones en la selección, renuncia y asistencia

1. Los cambios o las sustituciones en la selección:

En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. La renuncia:

a) Las personas seleccionadas solo podrán renunciar a la actividad formativa:

– Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

– Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de los responsables de los centros directivos.

– Por otras causas justificadas documentalmente.

b) La renuncia debe ser comunicada por escrito a la Escuela Gallega de Administración Pública con una antelación mínima de tres días hábiles anteriores al inicio de la actividad formativa. En la página web de la escuela está disponible un modelo de renuncia.

Para ello podrá utilizarse, además de lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE de 27 de noviembre), cualquiera de las siguientes vías:

– La dirección de correo electrónico <xestion.egap@xunta.es>

– El número de fax 981 54 63 39.

c) Las personas que incumplan lo previsto en los apartados a) y b) pasarán al final de las listas de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

3. La asistencia y la puntualidad:

a) Son obligatorias la asistencia a las sesiones de la actividad formativa y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa tendrá lugar un control permanente de asistencia y puntualidad, incluidos controles extraordinarios.

c) Las faltas de asistencia:

– No pueden superar en ningún caso el 10 % de las horas lectivas presenciales.

– Deberán justificarse documentalmente ante los responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días contados a partir del día de la finalización de esta actividad.

d) Las personas que incumplan lo previsto en el apartado c):

– Perderán el derecho al certificado de participación en la actividad formativa.

– Pasarán al final de las listas de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

Séptima. Realización de pruebas

Para poder aprobar la actividad formativa el alumnado deberá superar una prueba final de evaluación.

Octava. Certificado de aprovechamiento

Para la obtención del certificado de aprovechamiento, el alumnado deberá obtener la evaluación positiva de su profesorado, que emitirá un informe en que se declare apto o no apto cada alumno/a en función del resultado de la prueba.

No se expedirán certificados de asistencia sin haber superado el curso.

Novena. Facultades de la EGAP

1. La EGAP resolverá aquellas incidencias que puedan producirse en el desarrollo y en la gestión de las actividades formativas y puede suprimir alguna, ampliar nuevas ediciones de la programación o programar otras actividades diferentes cuando así lo exijan las circunstancias que afecten a su organización o docencia. También le corresponde a la EGAP proveer cuanto sea necesario para la ejecución y cumplimiento de esta resolución.

2. La ejecución material de las actividades queda condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y disponible y a la autorización correspondiente del gasto.

3. En el supuesto de que el número de admitidos sea inferior al 50 % de las plazas convocadas, la EGAP se reserva el derecho a suspender, cancelar o agrupar varias ediciones de las actividades, caso en el que empleará los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

4. La EGAP podrá modificar los contenidos, el desarrollo, las fechas y los lugares de las actividades formativas, así como resolver todas las contingencias que puedan surgir. Todas las modificaciones que afecten al desarrollo de las actividades serán anunciadas en la página web de la Escuela.

5. La EGAP garantizará en la totalidad de las actividades derivadas de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

ANEXO II

• Curso: La función de control e inspección urbanística en los pequeños municipios.

Código: LO14002.

Tipo: específico.

Área formativa: específicas del sector competencial.

1. Objetivos.

Estudio de la normativa referente al urbanismo y las competencias de los ayuntamientos de Galicia, en especial los de menos de 5.000 habitantes. Reparto de competencias en la materia entre el Estado y la Comunidad Autónoma de Galicia y las diferentes leyes emanadas, con especial atención a la autonómica y a su desarrollo normativo.

El objetivo esencial de este estudio se centrará sobre el aprendizaje de las funciones de control e inspección urbanística y la formación del personal encargado de esta materia.

2. Destinatarios.

Funcionarios con habilitación de carácter nacional que estén prestando servicios en la Administración local o en otras administraciones públicas de Galicia y personal técnico de los servicios de urbanismo de las entidades locales de Galicia.

3. Desarrollo.

Ediciones: 1.

Duración: 25 horas.

Lugar: Santiago de Compostela, sede de la EGAP, calle Londres, nº 2-4.

Fechas: del 15 de octubre al 19 de noviembre de 2014, todos los miércoles.

Horario: de 16.00 a 20.00 (cuatro días) y de 16.00 a 20.30 horas (dos días).

Plazas: 50.

4. Contenido.

(I) El urbanismo en Galicia. Reparto competencial entre el Estado y las comunidades autónomas. Normativa general aplicable en la Comunidad de Galicia. Un breve repaso por la normativa sectorial en materia de urbanismo aplicable en la Comunidad de Galicia.

(II) Régimen urbanístico del suelo. Clases y categorías de suelo. Derechos y obligaciones.

(III) El planeamiento urbanístico. Clases de replanteo. Elaboración y aprobación. Ejecución del replanteo.

(IV) Intervención en la edificación y uso del suelo. Licencias, novedades introducidas por la Directiva de servicios. Deber de conservación. La declaración de ruina. El fomento de la conservación y rehabilitación de las edificaciones tradicionales.

(V) La disciplina urbanística. La inspección urbanística. La protección de la legalidad urbanística. Las infracciones y sanciones urbanísticas. Los delitos urbanísticos.

(VI) Urbanismo y protección del medio ambiente. Urbanismo y protección del patrimonio.

5. Valoración.

A efectos de lo establecido en la Resolución del INAP de 26 de octubre de 1994 (BOE nº 267, de 8 de noviembre) y corrección en el BOE nº 311, de 29 de diciembre, por la que se establecen los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de Administración local en cumplimiento de lo establecido en la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 10 de agosto de 1994, al presente curso se le otorgará una puntuación de 0,55 puntos.

A efectos de lo establecido en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero (DOG nº 52, de 16 de marzo de 2010), y corrección en el DOG nº 77, de 22 de abril, sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, al presente curso se le otorgará una puntuación de 0,30 puntos.

• Curso: La Ley de montes: competencias de los ayuntamientos.

Código: LO14003.

Tipo: específico.

Área formativa: específicas del sector competencial.

1. Objetivos.

Estudio de la normativa sectorial referente a los montes de Galicia y su relación normativa general reguladora de las competencias de los ayuntamientos.

El objetivo esencial de este curso se centra en las competencias de las entidades locales referentes a los montes, destacando competencias y gestión y la especial protección de estos.

2. Destinatarios.

Funcionarios con habilitación de carácter nacional que estén prestando servicios en la Administración local o en otras administraciones públicas de Galicia y personal técnico al servicio de las entidades locales de Galicia.

3. Desarrollo.

Ediciones: 1.

Duración: 25 horas.

Lugar: Santiago de Compostela, sede de la EGAP, calle Londres, n º 2-4.

Fechas: del 2 de junio al 7 de julio de 2014, todos los lunes.

Horario: de 16.00 a 20.00 (cuatro días) y de 16.00 a 20.30 horas (dos días).

Plazas: 50.

4. Contenido.

(I) Los montes. Distribución de competencias recogida en la Constitución y en el Estatuto de autonomía de Galicia. Desarrollo legislativo: la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de montes; la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia. Otra normativa aplicable en la Comunidad Autónoma de Galicia.

(II) Los montes. Competencias del Estado. Competencia asumidas por la Xunta de Galicia. La planificación y gestión forestal. Los recursos forestales. El sistema registral gallego. Régimen sancionador en materia de montes.

(III) Los montes. Clases y régimen jurídico. Especial atención a las competencias de las entidades locales de Galicia.

(IV) Los montes vecinales en mano común. Regulación y especialidades. La Ley 13/1989, de 10 de octubre, de Galicia.

(V) Los montes. Regulación urbanística. Normativa y especialidades. Especial atención a la participación de las entidades locales.

(VI) Los montes. Especialidades en materia de expropiación de montes. La prevención y defensa contras los incendios, la Ley 3/2007, de 9 de abril.

5. Valoración.

A efectos de lo establecido en la Resolución del INAP de 26 de octubre de 1994 (BOE nº 267, de 8 de noviembre) y corrección en el BOE nº 311, de 29 de diciembre, por la que se establecen los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de Administración local en cumplimiento de lo establecido en la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 10 de agosto de 1994, al presente curso se le otorgará una puntuación de 0,45 puntos.

A efectos de lo establecido en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero (DOG nº 52, de 16 de marzo de 2010), y corrección en el DOG nº 77, de 22 de abril, sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, al presente curso se le otorgará una puntuación de 0,30 puntos.

• Curso: La liberalización del sector eléctrico.

Código: LO14004.

Tipo: específico.

Área formativa: específicas del sector competencial.

1. Objetivos.

Estudio de la normativa del sector eléctrico en lo referido a las entidades locales, especialmente en el terreno de la contratación de servicios de abastecimiento eléctrico y en el campo de las nuevas tecnologías para el ahorro energético.

2. Destinatarios.

Funcionarios con habilitación de carácter nacional que estén prestando servicios en la Administración local o en otras administraciones públicas de Galicia y personal al servicio de las entidades locales de Galicia.

3. Desarrollo.

Ediciones: 1.

Duración: 25 horas.

Lugar: Santiago de Compostela, sede de la EGAP, calle Londres, nº 2-4.

Fechas: de 5 de junio a 10 de julio de 2014, todos los jueves.

Horario: de 16.00 a 20.00 (cuatro días) y de 16.00 a 20.30 horas (dos días).

Plazas: 50.

4. Contenido.

(I) El sector eléctrico. Distribución competencial del régimen energético en el Estado de las autonomías. Constitución y Estatuto de autonomía. Legislación básica y legislación de desarrollo autonómica. Un breve examen a la nueva Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

(II) El sector eléctrico. La obligación de los ayuntamientos de la prestación del servicio de alumbrado público. Naturaleza, contenido y financiación. El servicio de alumbrado público en ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes a raíz de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración local.

(III) El sector eléctrico. Contratación por las entidades locales de los servicios eléctricos. Normativa y especialidades. Supuestos prácticos.

(IV) El sector eléctrico. Ayuntamientos y producción eléctrica. Aspectos urbanísticos. Especial atención a los casos de parques eólicos y centrales eléctricas. Instalación y licencias. Supuestos prácticos.

(V) El sector eléctrico. Ayuntamientos y producción eléctrica. Los ingresos de las entidades locales y el sector eléctrico.

(VI) El sector eléctrico. Eficiencia y ahorro energético en las administración públicas.

5. Valoración.

A efectos de lo establecido en la Resolución del INAP de 26 de octubre de 1994 (BOE nº 267, de 8 de noviembre) y corrección en el BOE nº 311, de 29 de diciembre, por la que se establecen los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de Administración local en cumplimiento de lo establecido en la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 10 de agosto de 1994, al presente curso se le otorgará una puntuación de 0,45 puntos.

A efectos de lo establecido en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero (DOG nº 52, de 16 de marzo de 2010), y corrección en el DOG nº 77, de 22 de abril, sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, al presente curso se le otorgará una puntuación de 0,30 puntos.

• Curso: La reforma del mercado laboral. Los expedientes de regulación de empleo en la Administración local.

Código: LO14005.

Tipo: general.

Área formativa: recursos humanos.

1. Objetivos.

Examen de la normativa de los RR.HH. en la Administración y las novedades introducidas por las últimas normas, en especial la posibilidad de los ERE en la Administración pública, específicamente en la Administración local.

2. Destinatarios.

Funcionarios con habilitación de carácter nacional que estén prestando servicios en la Administración local o en otras administraciones públicas de Galicia, personal técnico de los servicios de recursos humanos y personal de las entidades locales de Galicia.

3. Desarrollo.

Ediciones: 1.

Duración: 25 horas.

Lugar: Santiago de Compostela, sede de la EGAP, calle Londres, nº 2-4.

Fechas: de 30 de abril a 4 de junio de 2014, todos los miércoles.

Horario: de 16.00 a 20.00 (cuatro días) y de 16.00 a 20.30 horas (dos días).

Plazas: 50.

4. Contenido.

I. Introducción: análisis del marco legal de excepcionalidad del período 2010-2013 en el ámbito del sector público local. Contextualización en la coyuntura económica y financiera de la UE. Balance de los impactos generados desde la óptica de las actividades de planificación y gestión de recursos humanos. Perspectivas: la Estrategia Europa 2020 (4 h).

II. El empleo público (I). Análisis del modelo de empleo público en el sistema constitucional español. La configuración del empleo público en las entidades locales: marco legal de aplicación y problemática práctica. Vínculos jurídicos, reserva legal de potestades y atribución de funciones. Los funcionarios con habilitación de carácter nacional: perspectivas (4 h 30 m).

III. El empleo público (II). El personal laboral al servicio de las administraciones públicas: análisis de la figura y problemática práctica. El personal laboral en las entidades locales. La negociación colectiva: aspectos de interés (4 h).

IV. El empleo público (III). El personal laboral fijo y temporal: marco legal de referencia. El personal laboral indefinido: normativa de aplicación, problemática práctica y perspectivas de futuro. Los expedientes de regulación de empleo en el ámbito del sector público: análisis de la Ley 3/2012, de 6 de julio, y del Real decreto 1483/2012, de 29 de octubre. La subrogación del personal: problemática (4 h 30 m).

V. El régimen retributivo del personal al servicio de las entidades locales: evolución, consecuencias y situación actual. Actualizaciones normativas: la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración local. Impactos. La Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2014. Otras referencias normativas de relevancia (4 h).

VI. Experiencias prácticas derivadas de la reforma del empleo público en las entidades locales de Galicia: análisis de supuestos prácticos y debate. La legislación de función pública de Galicia en el contexto de las entidades locales: el conflicto competencial y la determinación de la ley aplicable. Conclusiones y perspectivas (4 h).

5. Valoración.

A efectos de lo establecido en la Resolución del INAP de 26 de octubre de 1994 (BOE nº 267, de 8 de noviembre) y corrección en el BOE nº 311, de 29 de diciembre, por la que se establecen los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de Administración local en cumplimiento de lo establecido en la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 10 de agosto de 1994, al presente curso se le otorgará una puntuación de 0,45 puntos.

A efectos de lo establecido en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero (DOG nº 52, de 16 de marzo de 2010) y corrección en el DOG nº 77, de 22 de abril, sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, al presente curso se le otorgará una puntuación de 0,30 puntos.

• Curso: Aplicación práctica de la Directiva de servicios en la Administración local.

Código: LO14006.

Tipo: general.

Área formativa: dirección y gerencia pública.

1. Objetivos.

Ofrecer a los destinatarios un conocimiento amplio y transversal del proceso de transposición de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior y la situación actual de dicho proceso, desde la óptica de las obligaciones de las entidades locales, como ámbito directamente afectado. Se abordarán no sólo las cuestiones de carácter conceptual, sino de orden práctica desde distintas perspectivas, tanto jurídica, como técnica como económica, con especial incidencia en las últimas novedades normativas tanto estatales como autonómicas.

2. Destinatarios.

Funcionarios con habilitación de carácter nacional que estén prestando servicios en la Administración local o en otras administraciones públicas de Galicia, funcionarios del grupo A1 y A2 y personal laboral de los grupos I y II de las entidades locales de Galicia.

3. Desarrollo.

Ediciones: 1.

Duración: 25 horas.

Lugar: Santiago de Compostela, sede de la EGAP, calle Londres, nº 2-4.

Fechas: del 29 de abril al 3 de junio de 2014, todos los martes.

Horario: de 16.00 a 20.00 (cuatro días) y de 16.00 a 20.30 horas (dos días).

Plazas: 50.

4. Contenido.

1. La Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior: objetivos y principios. Un cambio de modelo en la intervención administrativa en el ejercicio de actividades de servicios. Obligaciones de transposición de las entidades locales.

2. Normativa estatal de transposición: Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. Especial referencia a la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.

3. Normativa autonómica de transposición. Especial referencia a la Ley 9/2013, de 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia. La autorización comercial autonómica.

4. Declaración responsable y comunicación previa: cuestiones prácticas en su aplicación. La reducción de cargas y la simplificación administrativa como leitmotiv de la reforma. Las ordenanzas municipales de intervención administrativa.

5. Impacto de la Directiva de servicios en el ámbito urbanístico. Control e inspección de actividades no sujetas a control previo: el papel de los colegios profesionales y las entidades de certificación de conformidad municipal.

6. Incidencia de la Directiva de servicios en la fiscalidad local. La reformulación del hecho imponible en el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras y la tasa por la realización de actividades administrativas de control. Cuestiones relativas a la recaudación.

5. Valoración.

A efectos de lo establecido en la Resolución del INAP de 26 de octubre de 1994 (BOE nº 267, de 8 de noviembre) y corrección en el BOE nº 311, de 29 de diciembre, por la que se establecen los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de Administración local en cumplimiento de lo establecido en la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 10 de agosto de 1994, al presente curso se le otorgará una puntuación de 0,55 puntos.

A efectos de lo establecido en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero (DOG nº 52, de 16 de marzo de 2010), y corrección en el DOG nº 77, de 22 de abril, sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, al presente curso se le otorgará una puntuación de 0,30 puntos.

• Curso: Fiscalización y gestión de la contratación menor y negociada de pequeños ayuntamientos.

Código: LO14007.

Tipo: específico.

Área formativa: economía y finanzas.

1. Objetivos.

Estudio del contrato menor y el contrato negociado y el cometido de fiscalización que tienen que hacer los órganos de control de los ayuntamientos.

El objetivo fundamental de este curso se centra en el análisis de estos tipos de contratos y la función que tienen que hacer los órganos que tienen encargada la fiscalización de los mismos.

2. Destinatarios.

Funcionarios con habilitación de carácter nacional que estén prestando servicios en la Administración local o en otras administraciones públicas de Galicia y personal técnico de los servicios de intervención y tesorería de las entidades locales de Galicia.

3. Desarrollo.

Ediciones: 1.

Duración: 25 horas.

Lugar: Santiago de Compostela, sede de la EGAP, calle Londres, nº 2-4.

Fechas: del 1 de septiembre al 6 de octubre de 2014, todos los lunes.

Horario: de 16.00 a 20.00 (cuatro días) y de 16.00 a 20.30 horas (dos días).

Plazas: 50.

4. Contenido.

(I) El Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del sector público. Ámbito de aplicación y tipos de contratos. Los elementos generales de los contratos.

(II) El Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del sector público. El régimen de invalidez de los contratos. El recurso especial de revisión y los medios alternativos de resolución de conflictos. Especial atención a estos supuestos en las entidades locales.

(III) La preparación y adjudicación de los contratos. Especial atención al contrato menor y el contrato negociado.

(IV) La ejecución, modificación y extinción de los contratos. Especial atención al contrato menor y el contrato negociado.

(V) La fiscalización en las entidades locales. Tipos. La fiscalización interna. Los reparos. La fiscalización interna en las fases de la contratación. Especial atención al contrato menor y el contrato negociado.

(VI) La fiscalización externa. Las obligaciones de remisión de información. El papel del Tribunal de Cuentas y del Consejo de Cuentas de Galicia. El control por parte de los tribunales de justicia.

5. Valoración.

A efectos de lo establecido en la Resolución del INAP de 26 de octubre de 1994 (BOE nº 267, de 8 de noviembre) y corrección en el BOE nº 311, de 29 de diciembre, por la que se establecen los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de Administración local en cumplimiento de lo establecido en la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 10 de agosto de 1994, al presente curso se le otorgará una puntuación de 0,55 puntos.

A efectos de lo establecido en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero (DOG nº 52, de 16 de marzo de 2010), y corrección en el DOG nº 77, de 22 de abril, sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, al presente curso se le otorgará una puntuación de 0,30 puntos.

• Curso: Ley orgánica de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. Obligaciones de suministro de información.

Código: LO14008.

Tipo: específico.

Área formativa: economía y finanzas.

1. Objetivos.

Estudio de la nueva Ley orgánica de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera y su desarrollo normativo, con especial atención a las obligaciones de suministro de información que para las entidades locales se imponen.

El objetivo fundamental del curso es el conocimiento de las diferentes obligaciones de información impuestas a las entidades locales por la normativa de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera y el modo de elaborar y remitir esta información.

2. Destinatarios.

Funcionarios con habilitación de carácter nacional que estén prestando servicios en la Administración local o en otras administraciones públicas de Galicia y técnicos de Administración local cuyo cometido tenga relación con los servicios de tesorería o intervención de las entidades locales de Galicia.

3. Desarrollo.

Ediciones: 1.

Duración: 25 horas.

Lugar: Santiago de Compostela, sede de la EGAP, calle Londres, nº 2-4.

Fechas: del 30 de abril al 4 de junio de 2014, todos los miércoles.

Horario: de 16.00 a 20.00 (cuatro días) y de 16.00 a 20.30 horas (dos días).

Plazas: 50.

4. Contenido.

I) El artículo 135 de la Constitución. Su modificación y las consecuencias de la misma.

La ley orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. Su importancia dentro del ordenamiento jurídico. Preceptos aplicables anteriores a la aprobación de la misma y normativa de desarrollo.

Objeto y ámbito de aplicación de la Ley orgánica 2/2012. Especial atención a las entidades y organismos de la Administración local.

5. Valoración.

A efectos de lo establecido en la Resolución del INAP de 26 de octubre de 1994 (BOE nº 267, de 8 de noviembre) y corrección en el BOE nº 311, de 29 de diciembre, por la que se establecen los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de Administración local en cumplimiento de lo establecido en la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 10 de agosto de 1994, al presente curso se le otorgará una puntuación de 0,55 puntos.

A efectos de lo establecido en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero (DOG nº 52, de 16 de marzo de 2010), y corrección en el DOG nº 77, de 22 de abril, sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, al presente curso se le otorgará una puntuación de 0,30 puntos.

• Curso: Los presupuestos de las entidades locales. Informes de viabilidad y regla de gasto.

Código: LO14009.

Tipo: general.

Área formativa: economía y finanzas.

1. Objetivos.

Estudio de la normativa presupuestaria de las entidades locales, con especial atención a los informes de viabilidad y al cálculo de la regla de gasto.

El objetivo fundamental del curso es el aprendizaje de la elaboración de los presupuestos de las entidades locales, con especial atención a los informes de viabilidad en el momento supuesto que marca la nueva normativa y al cálculo de la regla de gasto.

2. Destinatarios.

Funcionarios con habilitación de carácter nacional que estén prestando servicios en la Administración local o en otras administraciones públicas de Galicia y personal técnico de los servicios de intervención y tesorería de las entidades locales de Galicia.

3. Desarrollo.

Ediciones: 1.

Duración: 25 horas.

Lugar: Santiago de Compostela, sede de la EGAP, calle Londres, nº 2-4.

Fechas: del 11 de noviembre al 16 de diciembre de 2014, todos los martes.

Horario: de 16.00 a 20.00 (cuatro días) y de 16.00 a 20.30 horas (dos días).

Plazas: 50.

4. Contenido.

(I) El presupuesto de las entidades locales. Concepto. Elaboración y aprobación. Especial atención a los informes que tienen que emitirse. Las bases de ejecución presupuestaria.

(II) El informe de viabilidad. La regla de gasto.

(III) Las modificaciones presupuestarias. Clases, régimen jurídico e informes necesarios. Especial atención a como afectan al informe de viabilidad y la regla de gasto.

(IV) Ejecución presupuestaria de ingresos y gastos. Fases y contabilización.

(V) La liquidación presupuestaria. Obligaciones de remisión de información. Consecuencias de la inestabilidad presupuestaria.

(VI) La cuenta anual de las entidades locales.

5. Valoración.

A efectos de lo establecido en la Resolución del INAP de 26 de octubre de 1994 (BOE nº 267, de 8 de noviembre) y corrección en el BOE nº 311, de 29 de diciembre, por la que se establecen los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de Administración local en cumplimiento de lo establecido en la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 10 de agosto de 1994, al presente curso se le otorgará una puntuación de 0,55 puntos.

A efectos de lo establecido en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero (DOG nº 52, de 16 de marzo de 2010), y corrección en el DOG nº 77, de 22 de abril, sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, al presente curso se le otorgará una puntuación de 0,30 puntos.

• Curso: Plan de ajuste y plan económico-financiero en la Administración local.

Código: LO14010.

Tipo: específico.

Área formativa: economía y finanzas.

1. Objetivos.

Estudio de la normativa de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, con especial atención a lo que es un plan de ajuste y un plan económico-financiero.

El principal objetivo del curso es diferenciar los supuestos en que se debe hacer un plan de ajuste y un plan económico-financiero, y las normas para la elaboración de los mismos.

2. Destinatarios.

Funcionarios con habilitación de carácter nacional que estén prestando servicios en la Administración local o en otras administraciones públicas de Galicia y personal técnico de los servicios de intervención y tesorería de las entidades locales de Galicia.

3. Desarrollo.

Ediciones: 1.

Duración: 25 horas.

Lugar: Santiago de Compostela, sede de la EGAP, calle Londres, nº 2-4.

Fechas: del 2 de septiembre al 7 de octubre de 2014, todos los martes.

Horario: de 16.00 a 20.00 (cuatro días) y de 16.00 a 20.30 horas (dos días).

Plazas: 50.

4. Contenido.

(I) El gasto público en las administraciones públicas. El presupuesto de las entidades locales. La liquidación presupuestaria y la cuenta anual.

(II) La estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera. El artículo 135 CE y la Ley orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. Principios generales. La estabilidad presupuestaria. La sostenibilidad financiera. La regla de gasto.

(III) Las medidas del capítulo IV de la Ley orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

(IV) Las medidas correctivas. El plan económico-financiero. Causas, elaboración y consecuencias. Supuestos prácticos.

(V) El plan de ajuste. Causas, elaboración y consecuencias. Diferencias con el plan económico financiero. Supuestos prácticos.

(VI) La gestión presupuestaria de las entidades locales desde el punto de vista de la estabilidad presupuestaria.

5. Valoración.

A efectos de lo establecido en la Resolución del INAP de 26 de octubre de 1994 (BOE nº 267, de 8 de noviembre) y corrección en el BOE nº 311, de 29 de diciembre, por la que se establecen los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de Administración local en cumplimiento de lo establecido en la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 10 de agosto de 1994, al presente curso se le otorgará una puntuación de 0,55 puntos.

A efectos de lo establecido en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero (DOG nº 52, de 16 de marzo de 2010), y corrección en el DOG nº 77, de 22 de abril, sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, al presente curso se le otorgará una puntuación de 0,30 puntos.

• Curso: Tesorería y gestión de ingresos públicos locales.

Código: LO14011.

Tipo: general.

Área formativa: economía y finanzas.

1. Objetivos.

Estudio de la normativa de tesorería de las entidades locales y, en especial, de los ingresos públicos locales.

El objetivo de este curso es el estudio de los diferentes ingresos públicos locales y como se deben gestionar por los responsables de la labor de tesorería de las entidades locales.

2. Destinatarios.

Funcionarios con habilitación de carácter nacional que estén prestando servicios en la Administración local o en otras administraciones públicas de Galicia y personal técnico de los servicios de intervención y tesorería de las entidades locales de Galicia.

3. Desarrollo.

Ediciones: 1.

Duración: 25 horas.

Lugar: Santiago de Compostela, sede de la EGAP, calle Londres, nº 2-4.

Fechas: del 16 de octubre al 20 de noviembre de 2014, todos los jueves.

Horario: de 16.00 a 20.00 (cuatro días) y de 16.00 a 20.30 horas (dos días).

Plazas: 50.

4. Contenido.

(I) La Tesorería. El tesorero, regulación y funciones. La contratación con las entidades bancarias. Los avales. Los medios de pago e ingreso y las nuevas tecnologías. El plan de disposición de fondos.

(II) Los recursos de las entidades locales. Las tasas, los precios públicos y las contribuciones especiales. Especial atención a la contabilización.

(III) Los impuestos municipales de tipo obligatorio. Especial atención a la contabilización.

(IV) Los impuestos municipales de tipo voluntario. Especial atención a la contabilización.

(V) La participación en los tributos del Estado. El Fondo de Cooperación Local de Galicia. Otros recursos de las entidades locales.

(VI) El proceso recaudatorio. Voluntaria. Ejecutiva. Los embargos. La cesión de la recaudación a las diputaciones.

5. Valoración.

A efectos de lo establecido en la Resolución del INAP de 26 de octubre de 1994 (BOE nº 267, de 8 de noviembre) y corrección en el BOE nº 311, de 29 de diciembre, por la que se establecen los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de Administración local en cumplimiento de lo establecido en la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 10 de agosto de 1994, al presente curso se le otorgará una puntuación de 0,55 puntos.

A efectos de lo establecido en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero (DOG nº 52, de 16 de marzo de 2010), y corrección en el DOG nº 77, de 22 de abril, sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/las funcionarios/as con habilitación de carácter estatal, al presente curso se le otorgará una puntuación de 0,30 puntos.