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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 56 Viernes, 21 de marzo de 2014 Pág. 12081

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

RESOLUCIÓN de 6 de marzo de 2014 por la que se fijan los porcentajes de reserva de suelo para vivienda protegida.

La Ley 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia, publicada en el DOG de 24 de julio, en su disposición adicional novena modificó el artículo 47.11 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, y estableció que, al objeto de adecuar el porcentaje de reserva total de suelo para vivienda protegida (PRTC) de aquellos ayuntamientos en que el plan general fije una reserva basada en los datos estimados de demanda, el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo publicará anualmente, mediante resolución, el porcentaje de reserva aplicable a cada ayuntamiento en base a los inscritos en el Registro Único de Demandantes de Vivienda de la Comunidad Autónoma de Galicia, así como el porcentaje medio para el conjunto de la Comunidad Autónoma.

Por todo lo anterior,

ACUERDO:

Primero. Establecer los porcentajes de reserva de suelo para vivienda protegida de los ayuntamientos con más de 5.000 habitantes, así como el porcentaje medio para el conjunto de la Comunidad Autónoma, en base al número de inscritos como solicitantes de viviendas protegidas en el Registro Único de Demandantes de Vivienda de la Comunidad Autónoma de Galicia.

En aplicación de la disposición adicional novena de la Ley 8/2012, de vivienda de Galicia, estarán exentos de las reservas de suelo aquellos ayuntamientos que cuenten con menos de 5.000 habitantes inscritos en el Padrón municipal en el momento de la aprobación inicial del plan general, cuando este no contenga previsión para nuevos desarrollos urbanísticos en suelos clasificados cómo urbanos no consolidados y urbanizables que superen las cinco viviendas por cada 1.000 habitantes y año, tomando como referencia el número de años que se fije como horizonte del plan.

Segundo. Estos porcentajes de reserva sólo serán aplicables en aquellos ayuntamientos en los que el plan general fije una reserva de suelo para vivienda protegida basada en los datos estimados de demanda tomando como base el número de inscritos como solicitantes de viviendas protegidas en el Registro Único de Demandantes de Vivienda de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Tercero. Ordenar la publicación de dichos porcentajes como anexo de esta resolución y en la página web del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo (IGVS).

Santiago de Compostela, 6 de marzo de 2014

Teresa Gutiérrez López
Directora general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

ANEXO
Porcentaje de reserva de suelo para viviendas protegidas por ayuntamientos
de más de 5.000 habitantes

                 Porcentaje medio para el conjunto de Galicia:                  5,69 %

Ayuntamiento

PRTC*

Abegondo

4,41 %

Allariz

6,27 %

Ames

5,25 %

Ares

0,69 %

Arteixo

3,39 %

Arzúa

0,00 %

Baiona

6,98 %

Barbadás

0,29 %

Barco de Valdeorras, O

3,85 %

Bergondo

0,74 %

Betanzos

2,01 %

Boiro

0,52 %

Brión

12,91 %

Bueu

0,73 %

Burela

2,38 %

Caldas de Reis

0,80 %

Camariñas

0,00 %

Cambados

2,14 %

Cambre

4,58 %

Cangas

4,81 %

Cañiza, A

0,74 %

Carballiño, O

2,93 %

Carballo

0,73 %

Carral

0,65 %

Castro de Rei

0,19 %

Cedeira

0,14 %

Cee

2,18 %

Celanova

0,53 %

Cerceda

1,33 %

Chantada

1,97 %

Coristanco

0,58 %

Coruña, A

8,02 %

Culleredo

4,01 %

Estrada, A

2,24 %

Fene

1,91 %

Ferrol

8,07 %

Foz

1,00 %

Gondomar

1,86 %

Grove, O

0,36 %

Guarda, A

0,48 %

Guitiriz

0,54 %

Illa de Arousa, A

0,60 %

Lalín

1,90 %

Laracha, A

0,97 %

Lugo

10,22 %

Malpica de Bergantiños

3,40 %

Marín

2,20 %

Meaño

0,18 %

Meis

0,60 %

Melide

1,09 %

Miño

0,17 %

Moaña

7,51 %

Monforte de Lemos

3,71 %

Mos

3,06 %

Mugardos

0,73 %

Muros

0,00 %

Muxía

0,00 %

Narón

3,47 %

Neda

0,74 %

Negreira

0,42 %

Nigrán

2,88 %

Noia

1,71 %

Oleiros

3,42 %

Ordes

1,55 %

Oroso

2,56 %

Ortigueira

0,82 %

Ourense

3,21 %

Outeiro de Rei

0,20 %

Outes

0,29 %

Padrón

2,41 %

Pereiro de Aguiar, O

0,32 %

Pobra do Caramiñal, A

0,52 %

Poio

2,27 %

Ponte Caldelas

1,76 %

Ponteareas

2,23 %

Ponteceso

0,67 %

Pontedeume

0,12 %

Pontes de García Rodríguez, As

4,35 %

Pontevedra

10,09 %

Porriño, O

4,60 %

Porto do Son

0,21 %

Redondela

2,27 %

Rianxo

4,31 %

Ribadavia

1,15 %

Ribadeo

4,80 %

Ribadumia

2,13 %

Ribeira

0,90 %

Rosal, O

0,46 %

Sada

1,13 %

Salceda de Caselas

2,03 %

Salvaterra de Miño

2,44 %

Santa Comba

0,30 %

Santiago de Compostela

9,53 %

Sanxenxo

1,88 %

Sarria

2,59 %

Silleda

1,22 %

Soutomaior

1,10 %

Teo

0,95 %

Tomiño

0,29 %

Tui

1,66 %

Valdoviño

1,47 %

Valga

0,17 %

Vedra

0,00 %

Verín

3,32 %

Vigo

21,94 %

Vila de Cruces

2,86 %

Vilaboa

1,20 %

Vilagarcía de Arousa

6,01 %

Vilalba

2,47 %

Vilanova de Arousa

0,38 %

Vimianzo

0,00 %

Viveiro

3,12 %

Xinzo de Limia

0,78 %

         *PRTC = porcentaje de reserva total del ayuntamiento de suelo para vivienda protegida