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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 42 Lunes, 3 de marzo de 2014 Pág. 9163

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ANUNCIO de 17 de febrero de 2014, del Servicio de Vigilancia e Inspección, por el que se notifica la resolución de caducidad del expediente sancionador S-P-10.13 en materia de protección del patrimonio cultural de Galicia.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que se relaciona en el anexo la resolución de caducidad del expediente sancionador por infracción de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada, ante el conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Los interesados podrán examinar el expediente, en el Servicio de Patrimonio Cultural, de la Jefatura Territorial de Pontevedra.

Santiago de Compostela, 17 de febrero de 2014

Roberto Pena Puentes
Jefe del Servicio de Vigilancia e Inspección

ANEXO

Nº de expediente: S-P-10.13.

Interesada: Fundación Karpin Vivenda, S.L.

Última dirección conocida: calle Areal, 4-1º de Vigo.

Hechos imputados: remociones de tierra en el edificio situado en la calle Poboadores, nº 24, en el ayuntamiento de Vigo, en el ámbito de protección del Conjunto Histórico de Vigo, sin contar con la previa y preceptiva autorización de la Dirección General del Patrimonio Cultural.

Tipificación: artículo 91.h) de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia.

Precepto sancionador: artículo 95 de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia.