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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 32 Lunes, 17 de febrero de 2014 Pág. 6564

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Lugo

EDICTO (795/2013).

Rafael González Alió, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Lugo, hago saber que en el procedimiento 795/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Noelia Paz Balsa contra Xestión Celular Galega, S.L.U. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

«Que estimando la demanda formulada por Noelia Paz Balsa contra Xestión Celular Galega, S.L.U., debo declarar y declaro improcedente el despido de la demandante con efectos de fecha 24 de junio de 2013, declarando extinguida la relación laboral que vinculaba a las partes, y condeno a la empresa demandada a que abone a la actora una indemnización de 6.222,00 euros, así como al pago de los honorarios del letrado de la parte demandante, con los límites legales correspondientes.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad que pueda afectar al Fogasa en el pago de la indemnización.

Notifíquese esta resolución a las partes, con la advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, dentro de los cinco días siguientes al de su notificación, por conducto de este juzgado, ante el que deberá ser anunciado tal propósito mediante comparecencia o por escrito y con los demás requisitos exigidos en los artículos 191 y siguientes de la Ley reguladora de la jurisdicción social».

Y para que sirva de notificación en forma a Xestión Celular Galega, S.L.U., en ignorado paradero, expido y firmo el presente edicto.

Lugo, 20 de enero de 2014

El secretario judicial