De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), y dado que no fue posible practicar la notificación,
DISPONGO:
1. Notificar mediante la presente cédula a Vivero Nilo, S.L el Acuerdo del Jurado de Expropiación de Galicia, de 7 de noviembre de 2013, mediante el cual se resuelve el recurso de reposición de la finca número 1138ARR-COMP sita en Tomiño, relativo al proyecto 00996, expediente 2011/003114, cuyos datos se relacionan en el anexo.
2. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, la persona interesada podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación, de conformidad con los artículos 10.1.i), 14.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. El texto íntegro del acuerdo referenciado en la presente cédula está a disposición del interesado en las dependencias del Jurado de Expropiación de Galicia, con dirección en el Edificio Administrativo San Lázaro, s/n, de Santiago de Compostela, 15703.
3. En consecuencia, para que conste y sirva de notificación, expido, firmo y sello esta cédula.
Santiago de Compostela, 27 de enero de 2014
Juan Carlos Argüello Fernández
Presidente del Jurado de Expropiación de Galicia
ANEXO
Proyecto para el que se expropia: 00996-VAC Tui (incluido enlace autovía a Portugal)-A Guarda. Tramo III: Goián-A Guarda. Clave: PO/03/009.01.3.
Nº de expediente: 2011/003114.
Persona a notificar: Vivero Nilo, S.L.
Expropiante: CPTOPT. Servicio Provincial de Carreteras de Pontevedra.
Expropiada: Vivero Nilo, S.L.
Beneficiaria: CPTOPT. Servicio Provincial de Carreteras de Pontevedra.
Finca nº: 1138ARR-COMP.
Municipio: Tomiño.
Provincia: Pontevedra.
Valoración de la resolución del Jurado: 64.988,62 €.