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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 22 Lunes, 3 de febrero de 2014 Pág. 4569

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Moraña

ANUNCIO de aprobación inicial del Plan general de ordenación municipal.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 27 de diciembre de 2013, adoptó los siguientes acuerdos:

Primero. Aprobar inicialmente el Plan general de ordenación municipal de Moraña (PGOM), elaborado por el equipo redactor de la Oficina de Arquitectura, Urbanismo y Planificación, S.L.P.

Segundo. Que el plan aprobado inicialmente con todos los documentos integrantes del expediente tramitado, incluido el informe de sostenibilidad ambiental, sea sometido:

a) A las consultas previstas en el documento de referencia elaborado por la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental (según Resolución de 15 de septiembre de 2010).

b) Al trámite de información pública durante un plazo de tres meses, contados desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Galicia. Durante dicho plazo, los interesados podrán formular las alegaciones que se consideren pertinentes para la defensa de sus derechos e intereses. Dicha información pública también lo será a los efectos de sostenibilidad ambiental y la prevista en el artículo 85.2 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia. Además, el anuncio se publicará en dos de los periódicos de mayor difusión de la provincia.

c) Simultáneamente, y durante el mismo plazo, se dará audiencia a los municipios limítrofes.

Tercero. Solicitar de las administraciones públicas competentes, al mismo tiempo que el trámite de información pública, los informes sectoriales que resulten necesarios y que deberán ser emitidos en el plazo máximo de un mes, excepto que la legislación sectorial señale otro plazo.

Cuarto. Enviar al órgano ambiental la documentación completa del plan, una vez transcurrido el plazo de consultas e información pública y con carácter previo a la aprobación provisional.

Quinto. Este acuerdo de aprobación inicial determina por sí solo, la suspensión del otorgamiento de licencias en aquellos ámbitos en los que las determinaciones del nuevo planeamiento supongan modificación de la ordenación urbanística vigente. A estos efectos, conforme a lo previsto en el artículo 77.2 de la Ley 9/2002, se determinan como áreas afectadas por la suspensión de licencias debido a la aprobación inicial del PGOM de Moraña, por el período máximo de dos años, los siguientes ámbitos:

1. Suelo urbano de Santa Lucía:

Suelo urbano vigente que en el nuevo PGOM se incorpora a ámbito del P-01 y al sector de suelo urbanizable SUD-02.

En los ámbitos de los P-02, SUD-01, SUD-02, SUD-03, SUD-04, SUND-01 y SUND-02 del nuevo PGOM.

2. Suelo de núcleo rural:

En los ámbitos que en el nuevo PGOM pasan a clasificarse como suelo rústico.

3. Suelo rústico apto:

a) Suelo rústico apto para la tramitación de nuevos desarrollos urbanísticos.

b) Suelo rústico apto en los ámbitos que en el nuevo PGOM pasan a clasificarse como suelo de núcleo rural o suelo urbanizable delimitado o no delimitado.

c) Suelo rústico protegido en los ámbitos que en el nuevo PGOM pasen a clasificarse como suelo de núcleo rural o suelo urbanizable delimitado o no delimitado.

4. Ámbitos destinados a los sistemas generales programados seguintes:

Enlace SUD-04 con la carretera PO-221.

SXV-ZV005: zona verde As Cortiñas.

SXV-ZV006: zona verde Campo da Feira Vella.

SXV-ZV007: zona verde afluente Río Grixó.

SXE-DP005: instalaciones deportivas As Cortiñas.

SXE-SA003: ampliación centro de salud.

El expediente completo podrá consultarse en las instalaciones de la Casa de la Cultura ADR Castelao, sita en la Calle 3, nº 13, de Santa Lucía de Moraña, de 10.00 a 14.00 horas y en la página web www.morana.org.

Moraña, 13 de enero de 2014

María Luisa Piñeiro Arcos
Alcaldesa