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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 13 Martes, 21 de enero de 2014 Pág. 2097

III. Otras disposiciones

Universidad de Santiago de Compostela

RESOLUCIÓN de 30 de diciembre de 2013 de prórroga del presupuesto para el año 2014.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 176 de los estatutos de la Universidad de Santiago de Compostela, la no aprobación del presupuesto anual de la universidad antes del día 1 de enero del año correspondiente supondrá la prórroga automática del presupuesto del año anterior.

Teniendo en cuenta que no es posible aprobar el presupuesto para el año 2014 antes de la citada fecha, este rectorado resuelve:

1. Prórroga. Se prorroga el presupuesto de la Universidad de Santiago de Compostela del ejercicio 2011 por ser éste el último presupuesto aprobado.

2. Cuantía. La cuantía del presupuesto prorrogado será de doscientos veintiocho millones ochocientos cuarenta y tres mil novecientos sesenta euros, distribuidos en los siguientes capítulos:

Ingresos 228.843.960

Capítulo III Precios públicos y otros ingresos 41.548.000

Capítulo IV Transferencias corrientes 140.109.480

Capítulo V Ingresos patrimoniales 713.000

Capítulo VII Transferencias de capital 41.473.480

Capítulo IX Variación de pasivos financieros 5.000.000

Gastos 228.843.960

Capítulo I Gastos de personal 149.260.000

Capítulo II Gastos en bienes corrientes y servicios 26.188.960

Capítulo III Gastos financieros 898.000

Capítulo IV Transferencias corrientes 2.904.420

Capítulo VI Inversiones reales 42.672.580

Capítulo IX Variación de pasivos financieros 6.920.000

3. Importe del crédito del presupuesto prorrogado. El crédito inicial de las partidas del presupuesto prorrogado será igual al crédito inicial que tenían en el presupuesto de 2011 (páginas 37 a la 53 de la edición impresa/43 a la 55 de la edición web).

4. Criterios de no disponibilidad de la prórroga. La previsión de menores ingresos para el año 2014 hace necesaria una retención cautelar en el presupuesto que se prorroga.

4.1. Los porcentajes de retención que se aplicarán sobre los créditos prorrogados son:

Capítulo I, se hará la retención necesaria para el ajuste del crédito a las cuantías de la masa salarial y cuotas sociales aprobadas por la Comunidad Autónoma para el año 2014.

Capítulo II, el 50 %.

Capítulo IV, el 75 %.

Capítulo VI, el 90 %.

Capítulos III y IX, el 0 %.

4.2. Los responsables de Asuntos Económicos formalizarán estas retenciones mediante autorizaciones que tendrán la siguiente codificación: CAUTELARXXXXYYYYY, siendo XXXX el código funcional y YYYYY el código económico de la correspondiente partida. El Servicio de Control Interno hará el oportuno seguimiento del cumplimiento.

4.3. No serán de aplicación las retenciones indicadas anteriormente a:

Créditos del Consejo Social.

Créditos destinados al funcionamiento ordinario general de la universidad asignados a la gerencia.

Fondos de dotación de créditos para cursos de postgrado, proyectos, contratos y convenios de investigación.

Subvención a la Fundación USC Deportiva.

Subvención a la Fundación Rof Codina.

Subvención a la Fundación Centro de Estudos Eurorrexionais.

Subvención explotación a Uninova.

Consorcio de Bibliotecas Universitarias de Galicia.

Crédito para programas educativos europeos.

Créditos para inversiones de reparaciones y mejora asociados a la subvención del plan de financiamiento del SUG.

5. Normas de ejecución. Como consecuencia de la prórroga, siguen en vigor las normas de ejecución del presupuesto para 2011 y las complementarias dictadas en los ejercicios 2011, 2012 y 2013, en todo lo no modificado por la presente resolución.

6. Créditos derivados de financiaciones específicas (actividades de I+D+i, cursos de postgrado propio, etc).

Hasta que el ejercicio 2013 no esté cerrado y mientras no se conozca el remanente de tesorería, se dictan las siguientes normas con carácter provisional:

6.1. Las actividades financiadas mediante subvenciones podrán disponer del crédito de la anualidad prevista para el año 2014 y el remanente del ejercicio 2013.

6.2. Las actividades que no se financian mediante subvenciones podrán disponer del crédito aprobado para el 2014 y el 80 % del remanente del ejercicio 2013.

Una vez cerrado el ejercicio 2013, se comunicará el importe cierto del remanente y el tipo de modificación presupuestaria definitiva, según proceda IR o transferencia de crédito.

7. Créditos de los departamentos. Los responsables de Asuntos Económicos dotarán el crédito de cada departamento mediante una modificación presupuestaria TP por el mismo importe que fue distribuido en el año 2011 para gastos de funcionamiento y desplazamiento.

8. Disponibilidad en el 2014 de los saldos de los créditos a 31.12.2013 del capítulo VI. El saldo de crédito a 31.12.2013 de las partidas del capítulo VI financiadas con fondos propios (departamentos, equipamientos, obras,..) no se podrán incorporar al 2014.

9. Cambios derivados de la aplicación del modelo CANOA en la adquisición de libros, revistas y otras aplicaciones. Al tratarse de una prórroga del presupuesto de 2011, se procederá según lo actuado en el ejercicio 2013 con los créditos para la adquisición de libros, revistas y otras publicaciones. En la prórroga del presupuesto el crédito está en el concepto 627 e, igual que en el ejercicio anterior, se procederá a transferir los créditos al capítulo II, concepto 220.

10. Apertura del ejercicio 2014 y contabilización de gastos. El ejercicio económico 2014 se abrirá en cuanto sea técnicamente posible y, desde ese momento, se podrán hacer las operaciones contables necesarias.

Como excepción, no se podrán introducir facturas con IVA hasta que se determine el porcentaje de prorrata aplicable y se hagan las modificaciones que correspondan a los funcionales que van a ver modificado el tipo de deducción, previsiblemente en los primeros días de febrero.

11. Disposición adicional. Son de aplicación las disposiciones adicionales contenidas en las normas de ejecución del presupuesto 2011 que prevén dictar las instrucciones que sean precisas por parte de la Gerencia para la adaptación y desarrollo de las normas de ejecución, y también de aplicación de la presente resolución.

Santiago de Compostela, 30 de diciembre de 2013

Juan José Casares Long
Rector de la Universidad de Santiago de Compostela