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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 5 Jueves, 9 de enero de 2014 Pág. 860

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (465/2013).

María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 465/2013 de este juzgado de lo social, seguidos a instancia de María Jesús Anido Pallas contra la empresa Textil Locer, S.L., Fondo de Garantia Salarial, administrador concursal de Textil Locer, S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Sentencia 686/2013.

Autos 465/2013.

A Coruña, 29 de noviembre de 2013.

Miguel Herrero Liaño, magistrado del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, habiendo visto los presentes autos seguidos en este juzgado con el número 465/2013 en el cual figura, de un lado, como parte demandante, María Jesús Anido Pallas, asistida por la letrada Sra. Pena Barreiro y, de otro, como demandada, la empresa Textil Locer, S.L., que no comparece, con intervención procesal del Fondo de Garantía Salarial que no comparece, y de la administracion concursal de la empresa, que comparece representada por la letrada Sra. Lapido Taboada, sobre resolución de contrato y cantidad ha pronunciado, en nombre del rey, la siguiente sentencia:

Fallo:

Se estima parcialmente la demanda formulada por María Jesús Anido Pallas frente a Textil Locer, S.L., con intervención procesal del Fondo de Garantía Salarial y administración concursal, conforme a los siguientes pronunciamientos:

– Se desestima la pretensión de declarar la resolución del contrato de trabajo por incumplimiento grave y culpable de la empresa.

– Se estima la reclamación salarial, condenando a la empresa a abonar a la parte actora la cantidad de a 6.208,34 euros incrementada con los intereses moratorios señalados en el artículo 29.3 del Estatuto de los trabajadores.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación. Se advierte a las partes que contra la presente resolución podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito presentado en la oficina judicial dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en Banesto a nombre de esta oficina judicial con el número 1532/0000/36/0465/13, debiendo indicar en el campo concepto “recurso” seguido del código “34 Social Suplicación”, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodo comprendido hasta la formalización del recurso así como; en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, deberá consignar en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario a primer requerimiento indefinido por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a esta oficina judicial con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Así lo acuerda, manda y firma Miguel Herrero Liaño, magistrado del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Textil Locer, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 2 de diciembre de 2013

Adelaida Egurbide Margañón
Secretaria judicial