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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 4 Miércoles, 8 de enero de 2014 Pág. 675

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (307/2013).

María Teresa Vázquez Abades, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 307/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María del Carmen Bretal Pérez contra la empresa Servanza, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia, cuyo fallo dice literalmente:

«Que debo estimar y estimo la demanda presentada a instancia de María del Carmen Bretal Pérez, asistida por la letrada Sra. García Laborda, contra la entidad Servanza, S.L. y Fogasa, que no comparecen pese a estar debidamente citadas, sobre resolución de contrato y reclamación de cantidad, y debo declarar y declaro extinguida la relación laboral que unía a las partes a fecha de la presente resolución, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por la anterior declaración y a abonar a la demandante una indemnización que se cuantifica en 8.378,59 euros.

Y, asimismo, condeno la empresa demandada abonar a la actora la cantidad de 3.017,95 euros, más el interés de mora del 10 % sobre dicha cantidad.

Notifíquese a las partes la presente resolución.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Servanza, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 12 de diciembre de 2013

La secretaria judicial