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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 244 Lunes, 23 de diciembre de 2013 Pág. 49478

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (838/2011).

María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 838/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Mónica Bao Jiménez contra la empresa Grupo Riotorto, S.L., con intervención del Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo dicen:

«Sentencia.

A Coruña, 28 de noviembre de 2013.

Vistos por Miguel Herrero Liaño, magistrado juez del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña y su partido, los presentes autos de juicio 838/2011, seguidos a instancia de Mónica Bao Jiménez, representado por el letrado Sra. Gómez Lozano, contra la entidad Grupo Riotorto, S.L. y con intervención procesal del Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, sobre reclamación de cantidad.

Fallo:

Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por de Mónica Bao Jiménez, contra la entidad Grupo Riotorto, S.L. y con intervención procesal del Fondo de Garantía Salarial y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la demandada a que abone al actor la cantidad de 1.461,40 euros, a incrementar con el interés moratorio señalado en el artículo 29.3 del Estatuto de los trabajadores.

Contra la presente resolución no cabe interponer recurso de suplicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 191.2 g) de la Ley de reguladora de la jurisdicción social.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Grupo Riotorto, S.L., expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 29 de noviembre de 2013

La secretaria judicial