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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 243 Viernes, 20 de diciembre de 2013 Pág. 49142

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (182/2013).

Número de autos: ejecución de títulos judiciales 182/2013.

Demandante: Jesús Rodríguez Vázquez.

Abogada: Marisol Romero Salgado.

Demandado: Escayolas Gasamans, S.L.

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 182/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Jesús Rodríguez Vázquez contra la empresa Escayolas Gasamans, S.L., sobre despido, se ha dictado auto y decreto en fecha 14.11.2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva del auto:

«Parte dispositiva.

Declaro extinguida a fecha de la presente resolución la relación laboral que unía a Jesús Rodríguez Vázquez con la empresa Escayolas Gasamans, S.L. y condeno a dicha empresa a abonar al actor, en concepto de indemnización, 15.734,56 euros y 17.210,39 euros en concepto de salarios de tramitación.

En el caso de no procederse al cumplimiento de esta resolución, continúe la presente ejecución como dineraria por el importe total de 32.944,95 euros más 3.294,49 euros que se presupuestan para intereses y costas de la ejecución, sin perjuicio de su ulterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fogasa haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de reposición en el plazo de tres días desde su notificación.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

La jueza sustituta».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación a Escayolas Gasamans, S.L., expido el presente edicto.

Santiago de Compostela, 26 de noviembre de 2013

La secretaria judicial