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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 233 Jueves, 5 de diciembre de 2013 Pág. 46981

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 15 de noviembre de 2013 por la que se convoca un curso sobre las nuevas instrucciones de contabilidad local.

Conforme a los fines que le asigna a este centro la normativa que lo regula (Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la Escuela Gallega de Administración Pública, modificada por la Ley 10/1989, de 10 de julio), la EGAP convoca, en colaboración con la Dirección General de Administración Local, un curso sobre las nuevas instrucciones de contabilidad local.

1. Objetivos.

A partir del 1 de enero de 2015 entrarán en vigor las nuevas instrucciones de contabilidad local, recientemente aprobadas mediante distintas órdenes del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, que serán de aplicación para las entidades locales, sus organismos autónomos, sociedades mercantiles locales y entidades públicas empresariales locales, en los términos que al respecto se establecen en la propia instrucción.

Dar a conocer las novedades más relevantes que incorporan las nuevas instrucciones de contabilidad pública local, con especial referencia al modelo normal, es el objetivo principal que nos hemos planteado para este curso.

2. Contenido.

El curso, que tendrá una duración de 40 horas y carácter mixto, se estructura en los siguientes módulos:

– Marco normativo de la contabilidad pública local. Ámbito de aplicación de las nuevas instrucciones de contabilidad.

– Estructura de la nueva instrucción (modalidad normal): novedades más significativas

– El marco conceptual.

– Normas de registro y valoración.

– Cuentas anuales.

3. Plazas: 40.

4. Destinatarios.

Interventores, tesoreros, secretarios-interventores, empleados públicos de los grupos A1 o A2 y personal laboral asimilado de la Administración local de Galicia, con competencias en materia contable.

Este curso se valorará con 0,30 puntos a aquellos alumnos que sean considerados aptos a la finalización del curso y, por tanto, tengan derecho al certificado de aprovechamiento, siempre que cumplan los requisitos para la aplicación de lo establecido en la Resolución de 26 de octubre de 1994, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se establecen, de acuerdo con las comunidades autónomas, los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de formación y perfeccionamiento de Administración local, en cumplimiento de lo previsto en la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 10 de agosto de 1994, en la Resolución de 30 de noviembre de 1994, del Instituto Nacional de Administración Pública por la que se corrigen errores de la Resolución de 26 de octubre de 1994, y conforme con lo establecido en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero, sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los funcionarios con habilitación de carácter estatal (DOG núm. 52, de 16 de marzo de 2009).

5. Pago de la matrícula.

El importe de la matrícula es de ciento veinticinco euros (125 €).

El importe anterior se deberá hacer efectivo en su totalidad en el momento de formalizar la matrícula.

6. Forma de pago.

La EGAP comunicará al alumnado admitido en el curso el plazo, así como el modo para la formalización de la matrícula.

La EGAP no procederá a la devolución de las cantidades abonadas en concepto de matrícula en el caso de renuncia o abandono una vez iniciado el curso.

7. Incumplimiento de los plazos de pago.

Las personas matriculadas que no hagan efectivo el importe total de los derechos de inscripción, dentro de los plazos marcados para cada caso, perderán su condición de alumnos de este curso y no tendrán derecho a la devolución de las cuantías ingresadas con anterioridad.

8. Plazo de inscripción y presentación de instancias.

El plazo para la inscripción será de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Para inscribirse, las personas interesadas deberán cubrir la instancia curricular que a tal efecto figurará, en la página web de la EGAP, en la siguiente dirección:

http://egap.xunta.es/cursoContabilidadLocal

A las personas admitidas se les solicitará que presenten los siguientes documentos:

– Certificación pública descriptiva de las funciones que desarrolla en el puesto de trabajo, expedida por la persona que realice las tareas de certificación de la Administración en la que presta sus servicios.

– Documentación acreditativa de los méritos incluidos en la instancia curricular.

9. Criterios de selección.

Los participantes serán seleccionados por una comisión técnica independiente designada al efecto cuya composición será publicada en el portal web de la EGAP. La comisión seleccionará los candidatos con discrecionalidad técnica e independencia con respecto a los órganos directivos de la EGAP.

Los criterios selectivos para la admisión en este curso serán los siguientes:

9.1. Puesto de trabajo actual.

9.2. Experiencia profesional independiente y distinta de la correspondiente al actual puesto de trabajo, lo que se acreditará exclusivamente en los términos señalados en la base 8.

9.3. Formación:

9.3.1. Formación recibida:

a) Títulos oficiales universitarios distintos a los exigidos o acreditados cómo requisito para acceder a este curso.

b) Cursos o seminarios recibidos de más de 200 horas que tengan relación con la materia del curso.

c) Cursos, seminarios o jornadas recibidos de entre 40 y 200 horas relacionados con la materia del curso.

9.3.2. Formación impartida:

a) Enseñanzas oficiales universitarias.

b) Cursos, jornadas y seminarios impartidos que estén relacionados con la materia de esta convocatoria.

9.4. Otros méritos:

9.4.1. Publicaciones: libros, revistas técnicas y ponencias o comunicaciones de congresos relacionadas con la materia del curso.

9.4.2. Premios y becas relacionadas con la materia del curso

Todos los méritos alegados deberán acreditarse en los términos consignados y serán aportados siguiendo el orden establecido en esta convocatoria, y la documentación exigida se presentará numerada en los términos de la misma. La no formalización en los referidos términos supondrá la no valoración de los mismos.

En todo caso, esta convocatoria se regirá subsidiariamente por los criterios de participación en las actividades docentes de la EGAP (DOG núm. 7, de 10 de enero de 2008).

10. Publicación de la lista de seleccionados y plazo de presentación de alegaciones

La lista de seleccionados se publicará en el tablón de anuncios y en la página web de la EGAP (http://egap.xunta.es/). El plazo para la presentación de alegaciones será de tres días hábiles a partir de la fecha de publicación, todo esto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

11. Lista de espera.

La comisión fijará una lista de espera por orden de preferencia en el proceso selectivo para cubrir las posibles vacantes de aquellas personas seleccionadas que causen baja antes del inicio del curso o en el transcurso de las primeras veinticuatro horas lectivas. Las personas que no figuren en dicha lista de espera, o bien se encuentran en un puesto más alejado en la lista de reservas, o bien fueron excluidas por alguna de las causas establecidas en las bases de la convocatoria.

12. Desarrollo.

El curso se desarrollará en la EGAP, calle Madrid, 2-4, As Fontiñas, Santiago de Compostela, entre el 9 de enero y el 20 de febrero.

Tendrá una duración de 40 horas que se distribuirán de la siguiente manera:

– 20 horas entre el 9 de enero y el 20 de febrero, todos los jueves, a razón de tres horas por semana, desde las 16.30 a las 20.00 h.

– Las otras 20 horas serán de teleformación.

13. Renuncia, asistencia y puntualidad.

13.1 La renuncia:

a) Las personas seleccionadas sólo podrán renunciar a la actividad formativa:

– Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

– Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de los responsables de los centros directivos.

– Por otras causas justificadas documentalmente.

b) La renuncia debe ser comunicada por escrito a la Escuela Gallega de Administración Pública con una antelación mínima de tres días hábiles anteriores al inicio de la actividad formativa. En la página web de la escuela está disponible un modelo de renuncia.

Para esto se podrá utilizar, además de lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE de 27), cualquiera de las siguientes vías:

– La dirección de correo electrónico novas.egap@xunta.es

– El número de fax 981 54 63 30.

c) Las personas que incumplan lo previsto en las letras a) y b) pasarán al final de las listas de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

13.2 La asistencia y la puntualidad:

a) Son obligatorias la asistencia a las sesiones de la actividad formativa y la puntualidad.

b) Durante la actividad formativa tendrá lugar un control permanente de asistencia y puntualidad, incluidos controles extraordinarios.

c) Las faltas de asistencia:

– No pueden superar en ningún caso el 10 % de las horas lectivas presenciales.

– Deberán justificarse documentalmente ante los responsables de la actividad formativa en un plazo máximo de 10 días contados a partir del día de la finalización de esta actividad.

d) Las personas que incumplan lo previsto en la letra c):

– Perderán el derecho al certificado de participación en la actividad formativa.

– Pasarán al final de las listas de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente contado a partir del día de la finalización de esta actividad.

14. Certificado de aprovechamiento.

Para la superación de este curso y la obtención del certificado de aprovechamiento, los alumnos deberán superar un examen tipo test, que constará de 25 preguntas con 4 posibles respuestas, de las que deberán escoger una. Se valorarán negativamente las erróneas y se exigirá un mínimo del 60 % del total de preguntas acertadas para la superación del test.

15. Modificaciones e incidencias.

La EGAP se reserva la facultad de modificar el programa y de resolver las cuestiones que pudieran surgir en el desarrollo de este curso, así como de cancelarlo (si el escaso número de solicitudes no justificase su realización).

Corresponde a la dirección del curso resolver las incidencias de carácter general que puedan producirse durante su desarrollo.

La realización de este curso queda condicionada a la formalización de matrículas, así como al pago de al menos su primer plazo, por un importe que la Dirección de la EGAP considere suficiente para la financiación del curso. En caso de que, por insuficiencia de matrículas, no sea posible la realización del curso, la EGAP procederá a la devolución de las cantidades abonadas.

Santiago de Compostela, 15 de noviembre de 2013

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública