Con motivo de la ausencia del presidente de la Xunta de Galicia, por razón de un viaje a la República de Cuba, es necesario proveer su sustitución durante el tiempo de duración de la misma.
Por lo tanto, en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 26.7 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, y conforme a lo establecido en el Decreto 230/2012, de 2 de diciembre,
DISPONGO:
Artículo único. Durante la ausencia del presidente de la Xunta de Galicia, con motivo de su viaje a la República de Cuba, se le encarga el despacho de asuntos de la Presidencia, hasta su regreso, al vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.
Santiago de Compostela, cuatro de diciembre de dos mil trece
Alberto Núñez Feijóo
Presidente