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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 232 Miércoles, 4 de diciembre de 2013 Pág. 46890

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Trabajo y Bienestar

EDICTO de 18 de noviembre de 2013, de la Jefatura Territorial de Vigo, para la publicación de notificaciones devueltas por el servicio de Correos.

En el uso de las competencias atribuidas a esta jefatura territorial y en virtud de lo dispuesto en el artículo 71 y 59 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (en adelante, LRJAP-PAC), al haber sido devueltas por el servicio de Correos las notificaciones enviadas en su día, con los requirimientos de documentación en los procedimientos instados por los/las interesados/as, se publica mediante este edicto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de la LRJAP-PAC para que en el plazo de 10 días contados desde el día siguiente a la fecha de la publicación de este edicto, presenten la documentación requerida, en las dependencias de la Jefatura Territoral de Trabajo y Bienestar de Vigo (Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia de Vigo, calle Concepción Arenal núm. 8, 1ª planta); advirtiéndoles que, de no hacerlo así, se tendrán por notificados/as a los efectos que se indican en este edicto.

Vigo, 18 de noviembre de 2013

María Peón Fernández
Jefa territorial de Vigo

ANEXO

Nombre y apellidos

DNI/NIE

Núm. expte.

Mónica Álvarez Valverde

77002150J

36057/0562/13-R

Óscar Bea Padín

76865650H

36046/0001/13-E

Gonzalo Baqueiro Bermúdez

73240168A

36008/0054/13-R

Mónica Yngrid Bautista Sánchez

X3286899S

36057/0371/13-R

Pablo de Castro López

44093152J

36017/0029/13-R

Manuel González Ramos

15901156Z

36024/0036/13-E

María Ángeles Mariño Suárez

36025776W

36057/0318/13-R

Antonio Monterrubio Porto

36069086A

36057/0224/13-R

Yurly Lorena Sánchez Castaño

X4364916E

36042/0050/13-E

Efectos por no acreditar la documentación requerida:

– Se paralizará el expediente y, transcurridos 3 meses, se producirá la caducidad del mismo, con archivo de todas las actuaciones practicadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 92 de la LRJAP-PAC (BOE núm. 285, de 27 de noviembre de 1992), parcialmente modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE núm. 12, de 14 de enero de 1999).