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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 227 Miércoles, 27 de noviembre de 2013 Pág. 46039

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (836/2011).

Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 836/2011, a instancia de Miguel Villar Sánchez contra la empresa Visantel, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, en los que recayó sentencia en fecha 25 de octubre de 2013 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

Fallo:

Se estima la demanda formulada por Miguel Villar Sánchez frente a Visantel, S.L. con intervención del Fondo de Garantía Salarial y, en consecuencia:

– Se condena a la empresa Visantel, S.L. a abonar al actor la cantidad de nueve mil doscientos treinta y un euros con ochenta y cinco céntimos (9.231,85 euros), más novecientos veintitrés euros con dieciocho céntimos (923,18 euros) en concepto de intereses por mora.

Notifíquese la resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante, dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Visantel, S.L., expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 7 de noviembre de 2013

La secretaria judicial