En el Diario Oficial de Galicia de 24 de mayo de 2013 se publicó la Orden de 8 de mayo de 2013 por la que se regulan las bases para la concesión de las ayudas establecidas en el artículo 27 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, y en el artículo 43 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, y se procede a su convocatoria para el año 2013.
En el artículo 3 de la citada orden se establece que para la concesión de estas ayudas se destina crédito por el importe y en las aplicaciones siguientes:
– Ayuda establecida en el artículo 27 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: 303.498,40 euros en la aplicación presupuestaria 05.11.313D.480.2.
– Indemnización establecida en el artículo 43 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género: 45.000 euros en la aplicación presupuestaria 05.11.313D.480.1.
Este crédito, según lo establecido en dicho artículo, podrá ser ampliado cuando el aumento venga derivado de su previsión legal o de alguno de los supuestos previstos en el artículo 30.2º del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
En la fecha actual, dado el volumen de solicitudes presentadas de la ayuda establecida en el artículo 27 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, y que no pueden ser atendidas por el agotamiento del crédito inicialmente asignado, así como las necesidades de las posibles beneficiarias, resulta necesario incrementar la dotación presupuestaria destinada a esta ayuda.
Por todo lo expuesto y en uso de las facultades que tengo atribuidas,
DISPONGO:
Artículo único
Primero. Se amplía la dotación presupuestaria asignada para la concesión de la ayuda establecida en el artículo 27 de la Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, en la cuantía de 100.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 05.11.313D.480.2.
Segundo. Esta ampliación no afecta al plazo establecido en la referida orden para la presentación de solicitudes.
Disposición final
Esta resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 20 de noviembre de 2013
Susana López Abella
Secretaria general de la Igualdad