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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 225 Lunes, 25 de noviembre de 2013 Pág. 45708

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (72/2012).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 72/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Josefa Arcos Ordóñez contra la empresa Mercado Tropical, S.L., Kilo Grill, S.L. y Districard Santiago, S.L. sobre despido, se ha dictado decreto en fecha 4 de noviembre de 2013, cuya parte dispositiva, es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva del decreto:

«Parte dispositiva:

Acuerdo:

– Expedir el oportuno mandamiento a favor de María Josefa Arcos Ordóñez, por importe de 536,13 euros en concepto de intereses.

– Dado que existe un sobrante de 1.004,04 euros, transfiérase dicha cantidad a la ejecución de títulos judiciales 243/2102 que se sigue en este juzgado, ingresándose en la cuenta 5076 0000 64 0213 12.

– Tener por terminado el presente procedimiento de ejecución seguido a instancia de María Josefa Arcos Ordóñez frente a Mercado Tropical, S.L., Kilo Grill, S.L. y Districard Santiago, S.L.

Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación. Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 188 LJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº en el Banco Español de Crédito, debiendo indicar en el campo concepto, “Recurso” seguida del código “31 Social-Revisión de resoluciones secretario judicial”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “Recurso” seguida del “31 Social-Revisión de resoluciones secretario judicial”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

LA secretaria judicial».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación a Mercado Tropical, S.L., Kilo Grill, S.L. y Districard Santiago, S.L., expido el presente edicto.

Santiago de Compostela, 4 de noviembre de 2013

La secretaria judicial