El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 21 de octubre de 2013, aprobó inicialmente o Plan general de ordenación municipal de O Vicedo. De conformidad con lo preceptuado en el artículo 85.2 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, y sus posteriores modificaciones, el plan aprobado inicialmente, con todos los documentos integrantes del expediente tramitado, incluido el informe de sustentabilidad ambiental, se somete simultáneamente a las consultas previstas en el documento de referencia y al trámite de información pública durante un plazo de dos meses, el cual se computará a partir de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Galicia y en dos de los periódicos de mayor difusión en la provincia de Lugo.
Igualmente, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 77.2 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, queda suspendido el procedimiento de otorgamiento de licencias de parcelación de terrenos, edificación y demolición para las áreas en las que exista incompatibilidad con el vigente Plan general de ordenación municipal. Las mencionadas áreas estarán constituidas por suelo urbano no consolidado (polígonos 1, 2 y 3), suelo urbanizable no delimitado (ámbitos 1, 2 e industrial), suelo rústico afectado por cambio de categoría en relación con el planeamiento actual, y suelo urbano y suelo de núcleo rural en las áreas en las que exista incompatibilidad entre ambos planeamientos.
O Vicedo, 4 de noviembre de 2013
José Jesús Novo Martínez
Alcalde