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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 224 Viernes, 22 de noviembre de 2013 Pág. 45597

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 7 de noviembre de 2013 por la que se notifica la incoación del expediente sancionador por infracción urbanística IU3/99/2011-SA1, devuelta por el servicio de Correos por resultar su destinataria ausente en el reparto.

La Dirección de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística acordó, el 15 de octubre de 2013, incoar el expediente sancionador IU3/99/2011-SA1 a Alicia Almoina Paleo, en calidad de promotora de las obras, como presunta responsable de una infracción urbanística muy grave tipificada en el artículo 217.2.b) de la LOUG, por la construcción de una vivienda unifamilliar en el lugar de Verdón, Montalbán, parroquia de Viveiro, en el término municipal de Viveiro.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica a la interesada dicha resolución.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se comunica a la interesada que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sitas en el Edificio Witland, 1ª planta, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

La interesada dispone de un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en que se produjese la notificación de esta cédula, para presentar cuantas alegaciones, documentos y justificaciones estime pertinentes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de los que pretenda valerse.

Para que conste y sirva de notificación a la citada interesada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 7 de noviembre de 2013

María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística