Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 18/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Manuel Baamonde Rego, contra la empresa Frigoríficos Riveira Mar, S.L., Graña Mar, S.L. y Marcolfer, S.A., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado auto, el 25 de octubre de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva del auto:
«Parte dispositiva.
Rectifico el auto de 7 de agosto de 2013 que obra en la presente ejecución en los términos que se exponen en la presente resolución de forma que donde dice que la indemnización a abonar es de 27.508,63 euros, debe decir 31.133,96 euros.
Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fogasa, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno sin perjuicio de los que se puedan interponer contra la resolución rectificada.
Así lo acuerdo, mando y firmo
La magistrada jueza».
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial.
Y para que sirva de notificación a Graña Mar, S.L. y Marcolfer, S.A., expido el presente edicto.
Santiago de Compostela, 31 de octubre de 2013
La secretaria judicial